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22/04/2004
Embate de legisladores

Nueva iniciativa por ligadura de trompas y vasectomías


Una iniciativa presentada en La Legislatura bonaerense propicia que las ligaduras de trompas de Falopio y las vasectomías sean consideradas «ejercicios de la medicina» y no requieran para su práctica, por lo tanto, autorización judicial alguna, excepto en el caso de incapaces.


En tanto que los legisladores en un punto del proyecto señalan que la iniciativa determina, asimismo, que el Instituto de Obra Médico Asistencial de la provincia de Buenos Aires (IOMA) deberá incluir todas las prestaciones médicas y farmacológicas involucradas en estos métodos de contracepción quirúrgica en sus respectivos nomencladores, contemplando su cobertura en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones.


Del mismo modo, se fija que en los centros asistenciales públicos estas intervenciones serán gratuitas para los usuarios, y que las instituciones privadas de salud y las entidades de la seguridad social también deberán incorporar dichas prácticas a sus coberturas.


Las legisladoras radicales Graciela De Leo, Diana Zeballos y Nelda Giménez, precisan que en todos los casos en que se requieran estas intervenciones, éstas no podrán practicarse «sin que el paciente sea mayor de edad y se halle en ejercicio pleno de su capacidad; exista indicación terapéutica perfectamente determinada, y se hayan agotado todos los recursos conservadores de los órganos reproductores».


También será menester que «los médicos brinden al solicitante, en forma previa a su decisión, información actualizada y suficiente, de modo claro y adaptado a su nivel cultural acerca de la intervención; sus riesgos, ventajas e inconvenientes; sus porcentajes de reversibilidad; las consecuencias físicas y psíquicas ciertas o posibles que pudiere ocasionarle, y toda otra información de relevancia», y que «del cumplimiento de esta instancia informativa se dejará constancia por escrito con la firma de ambas partes».


Vacío legal


En los fundamentos de su proyecto, De Leo, Zeballos y Giménez aluden a los vacíos normativos que se registran en el tema, y señalan que «las resoluciones judiciales muestran un panorama por demás variado, tanto como los argumentos que sostienen cada resolución: se autoriza la operación, se estima que no es necesaria la intervención judicial ya que sólo los médicos tienen el conocimiento técnico necesario para decidir su práctica, se rechaza por considerar insuficientes los argumentos, etc.


De cara a esta realidad -afirman, que golpea con rudeza a los segmentos más desprotegidos de la sociedad permitiendo que se exponga su vida, es imperioso garantizar el ejercicio pleno del «derecho a la salud».


Destacan también que «la ausencia de regulación específica en la materia aumenta las desigualdades entre ciudadanos con diferente posición socio- económica, ya que estas prácticas son frecuentes en la actividad médica privada para quienes pueden costear sus costos, pero inaccesibles o sumamente dificultosas para quienes dependen de la asistencia estatal.


Se genera y mantiene así una desigualdad no sólo inadmisible en términos filosóficos e institucionales -consignan-, sino que además expone a quienes requieren estas prácticas a una innecesaria exposición de su intimidad y su vida privada».


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