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11/03/2004
Impuesto inmobiliario

Sinceramiento fiscal Bonaerense


impuestos_inmobil1103 (8k image)Los contribuyentes bonaerenses del impuesto Inmobiliario que hayan realizado obras o mejoras en su inmueble y no las declararon ante el fisco provincial, tienen la posibilidad de informar su construcción y regularizar sus deudas ingresando al Programa de Sinceramiento Fiscal, que implementa el ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección de Rentas y la Dirección de Catastro


Para acceder al plan el contribuyente deberá concurrir a la Delegación de Rentas más próxima a su domicilio, con originales y una fotocopia del documento de identidad, de una boleta de servicio público (luz, gas, agua, teléfono, cable o tasas municipales) y de la escritura (si la deuda es superior a 1500 pesos).


Allí completará una encuesta que le será formulada por el personal de Rentas donde se corroborará y completará, de ser necesario, la información del titular (domicilio, teléfono, correo electrónico) y del inmueble (domicilio del mismo, estado constructivo, ampliación o reciclado).


En el sitio web de Rentas www.rentas.gba.gov.ar, los contribuyentes pueden obtener una copia de la encuesta que deberán completar, como así también del formulario para incorporar las mejoras (por ejemplo, formulario N°1203 si se trata de una vivienda particular).

Si el contribuyente declara obras y mejoras anteriores al año 2003, ingresando al sinceramiento obtendrá el beneficio de que las diferencias impositivas que se le hubieran generado en virtud de dicha incorporación, les sean anuladas.


Solamente se cobrarán las diferencias de impuesto para el año 2003.
Una vez completado el paso de la encuesta, con la correspondiente actualización de los datos, los contribuyentes quedan habilitados a ingresar a los distintos planes de pagos vigentes, que tienen mayor reducción de intereses cuanto antes se presenten a regularizar.

Por ejemplo quienes ingresen antes del 20 de marzo tendrán reducciones de hasta el 85 por ciento (si sus inmuebles urbanos tienen una valuación fiscal inferior a los 250.000 pesos o rurales con valor fiscal menor o igual a 500.000 pesos), mientras que la quita será sólo del 45 por ciento para quienes ingresen en septiembre.

Asimismo, no habrá intereses de financiación si la valuación fiscal de los inmuebles urbanos edificados es inferior a 150.000 pesos.


El ingreso a los planes de pago por obras y mejoras no declaradas implica realizar dos planes consecutivos: en el primero se incluirán las eventuales deudas del año 2003, más las diferencias surgidas por la incorporación de mejoras; en el segundo se incluirá la deuda anterior al 31-12-2002, y se regularizará cuando el contribuyente haya cumplido todos los pagos del primer plan y de acuerdo con un nuevo plan de pagos.


La cantidad de cuotas variará según el plan, pero se puede regularizar en hasta 36 cuotas. Para el pago contado -que se puede realizar en 3 cuotas- hay un descuento del 15 por ciento previsto para todos los planes.


El plan de pagos para los impuestos urbanos edificados con valuación mayor a 250.000 pesos, rural con valuación mayor a 500.000 y baldíos (para todas las valuaciones), que comenzó el 26 de enero, permite regularizar las deudas en hasta 36 cuotas, pero no contempla quita de intereses.


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