PAGINA PRINCIPAL TAPA PAPEL CONSULTAR ARCHIVOS POR FECHA AVISOS FUNEBRES CONTACTESE

Enviar Artículo a un amigo  
Imprimir Artículo IMPRIMIR ESTE ARTICULO

06/01/2004
El aumento de sueldo a municipales

la ordenanza aprobada es ilegitima, arbitraria e inconstitucional


Tras la aprobación de la Ordenanza 2283, que dispone un aumento de salarios para los trabajadores municipales, la Asesoría Legal de la Municipalidad de Colón elevó un informe sobre dicha ordenanza al Intendente Municipal, Dr. Ricardo Casi.


En base el mismo, el mandatario local elevó un nuevo proyecto de ordenanza “a efectos de reparar las injustas y absurdas situaciones creadas por una Ordenanza que alteró gravemente el sentido del proyecto original del Departamento Ejecutivo produciendo un verdadero y grave desorden jurídico”.


En los considerandos del nuevo proyecto la Ordenanza 2283 fue considerada ilegítima, arbitraria e inconstitucional, ya que en primer término, no respeta el principio de igualdad de la Constitución Nacional al dejar sin aumento a la categoría Personal Obrero Clase I y no otorgar el aumento a empleados que superan la categoría Personal Obrero Clase II, cuyo haber básico es de aproximadamente 400 pesos.


De acuerdo a los considerandos del proyecto de ordenanza que el Intendente pretende modificar, de acuerdo a un exhaustivo análisis de Asesoría Letrada, la ordenanza recientemente promovido incurriría en un verdadero absurdo, violando desde todos los ángulos el principio de la carrera administrativa impuesto por la Ley 1157. Esto último quiere decir que al no haber sido promovido en su conjunto el proyecto enviado originariamente por el Intendente se produjo el grave problema de que personal de menos categoría, sin ser ascendido, logra superar en innumerables casos, las remuneraciones de personal de mayor categoría, para el cual no se dispuso aumento.


También considera el jefe comunal que el aumento negado al personal jerárquico incurre en una violación del Artículo 14 de la Constitución Nacional, que los priva de una remuneración digna, del Artículo 16 de la Constitución Nacional, porque afecta el principio de igualdad ante la Ley y atenta contra el principio de jerarquización de la función pública, y lo que es más grave, el proyecto del Intendente alerta sobre la grave discriminación que se comete en la ordenanza de aumento de sueldos cuando se niega la suba al personal jerárquicos, incluidos secretarios del Departamento Ejecutivo y sin ningún pudor, ni explicación alguna, se le concede el aumento máximo a los secretarios legislativos y administrativos del Honorable Concejo Deliberante.

Aclara en una de sus partes este nuevo proyecto de ordenanza, que oportunamente el Departamento Ejecutivo no vetó la ordenanza sancionada por no perjudicar las expectativas de los empleados de menores recursos que recibieron el incremento salarial. Pero hecho un análisis exhaustivo del punto de vista técnico legal, ha considerado indispensable modificar la ordenanza para eliminar los vicios que contiene.



VOLVER A PAGINA ANTERIOR




Home | Tapa | Archivos | Fúnebres | Consultas
© Semanario Colón Doce - Todos los Derechos Reservados