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20/11/2003
Falló la Cámara

Paolini a punto de quedar en libertad


paolini21nov (8k image)La Cámara confirmo el fallo de prisión preventiva aunque dejo resquicios para que los policías puedan quedar en libertad en un futuro cercano y ante una nueva apelación.


La Cámara de Apelación, Civil, Comercial y de Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Pergamino resolvió desestimar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de los policías procesados y en consecuencia confirmar la prisión preventiva para los efectivos Juan Héctor Machuca, Duilio Eduardo Patrone, Miguel Angel Paolini, Eduardo Adrián Ojeda, Mauro Alberto Aguilar y Raúl Osvaldo Sánchez.


No obstante, esta decisión del Tribunal compuesto por los jueces Hugo Alberto Levato, José Carlos Gesteira y María Magdalena Ipiña, deja abierta la posibilidad para que con una eventual nueva diligencia de la defensa se pueda lograr la excarcelación de los imputados, ya que -según el fallo- «el examen de los antecedentes permite advertir que algunos de los hechos que se investigan no han sido justificados con el grado de certeza exigido... y asimismo la calificación ensayada es pasible de fundadas objeciones».


Concretamente, la Cámara dice además que «las razones explicitadas obligan a concluir que el defensor deberá transitar la vía del incidente de excarcelación, donde podrán examinarse las cuestiones anteriormente planteadas. A partir del momento que se conoció este fallo, se puede concluir en que si la defensa solicita la excarcelación ante el Juzgado de Garantías que atiende la causa y éste la denegara, en una apelación ante la Cámara ésta podría fallar a favor de los imputados en ese pedido puntual, ya que en el fallo que se conoció se puede advertir una opinión por adelantado sobre el proceso que llevó a prisión preventiva a los policías.


La acusación


Como se recordará los policías están presos debido a una causa que lleva adelante el fiscal Juan Andrés Gracia. Los policías están acusados por un malviviente que violó a una menor y otro que asaltó un comercio en General Rojo.


Sobre ellos pesa la acusación de falsificación de instrumento público, falso testimonio, violación de los deberes de funcionario público y tortura.


La tortura no es excarcelable. El cambio de carátula de apremios (pedido por el Fiscal Gracia) al de torturas la realizó el Juez de Garantías Emil Jalil. Por su parte Paolini acuso a un abogado de Pergamino y a funcionarios del Juzgado de Garantías de dar protección a piratas del asfalto. La denuncia la realizó en un largo escrito y luego fue ratificada ante funcionarios de la Procu-ración provincial.

El fallo


El texto del fallo que se conoció es el siguiente: «Autos y vistos: Para resolver el recurso de apelación interpuesto por el señor defensor, doctor José María Belgrano, contra la resolución obrante a fs. 125/138 vta. de la presente IPP Nº 32.328; y considerando: el examen de los antecedentes traídos a esta Alzada permite advertir que algunos de los hechos que se investigan no han sido justificados con el grado de certeza exigido en esta etapa. Asimismo, la calificación ensayada es pasible de fundadas objeciones.


»Sin embargo, no corresponde que el Tribunal en este estadio procesal se pronuncie sobre tales aspectos, conforme se viene resolviendo en casos análogos. Ello así pues, si bien es cierto que el resultado de un prudente escrutinio jurisdiccional conduce a disminuir tanto el número como la gravedad de las imputaciones, lo decisivo al presente es que las escalas san-cionatorias de las figuras subsistentes autorizan la detención de los procesados y, consecuentemente, legitiman el dictado de la cautelar atacada, que debe confirmarse (arts. 144 2ª parte, 151 y 157 del CPP; conf. CAP, P- 5156, RSI Nº 159, 11/6/03; P-5510, RSI Nº 415, 26/9/03; entre otras). »Las razones explicitadas obligan a concluir que el señor defensor -magüer su insistencia y contracción a su tarea- deberá transitar la vía del incidente de excarcelación, donde podrán examinarse las cuestiones aquí planteadas.


»Por lo expuesto, este Tribunal resuelve: Desestimar el recurso de apelación interpuesto y en su mérito confirmar la resolución atacada en cuanto convierte en prisión preventiva las detenciones de Juan Héctor Machuca, Duilio Eduardo Patrone, Miguel Angel Paolini, Eduardo Adrián Ojeda, Mauro Alberto Aguilar y Raúl Osvaldo Sánchez en la IPP Nº 32.328 de trámite por ante la UFI Nº 2 Deptal».



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