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30/10/2003
Territorio Bonaerense

Despenalizarían la prostitución


Un proyecto de ley que establece para el territorio provincial la despenalización de la prostitución y elimina disposiciones que sancionan el travestismo en público, estaría en el Senado bonaerense. Un poco de historia en Colón


El proyecto de la senadora radical Elisa Carca, establece que se elimina completamente el artículo 68 de la Ley 8031/73 (Código de Faltas), que integra el Capítulo III («contra la moralidad pública y las buenas costumbres») de esa norma.


El artículo que se propone eliminar textualmente consigna que «será penado con una multa de entre el 15 y el 40 por ciento del haber mensual del agente de seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la provincia de Buenos Aires y arresto de cinco a treinta días, la prostituta o el homosexual que se ofreciere públicamente, dando ocasión de escándalo o molestando o produjere escándalo en la casa que habitare».


El proyecto despenaliza el ejercicio de la prostitución en el ámbito bonaerense.


En este sentido, se modifica el inciso «a» del artículo 69 de la misma ley, que actualmente establece que será pasible de distintas sanciones «el propietario o encargado del hotel o casa de alojamiento o establecimiento comercial, cuando en sus dependencias se produjere escándalo con motivo de ejercicio de la prostitución o por actitudes o prácticas viciosas de homosexuales».


En el proyecto de Carca el párrafo sufrirá una poda sustancial de su texto ya que las sanciones se preven para «el propietario o encargado de hotel o casa de alojamiento o establecimiento comercial, cuando en sus dependencias se produjere escándalo», eliminándose de ese modo toda referencia al ejercicio de la prostitución y de prácticas homosexuales.


Se recoge en el proyecto también otro de los reclamos planteados en el Capítulo VII (contra la fe pública) de la Ley 8031 se elimina el inciso «e» del artículo 92 que hasta ahora establece penalidades para quien «en la vida diaria se vista y haga pasar como persona de sexo contrario».


Y también se eliminan las sanciones (inciso «a», artículo 93, Capítulo VIII, contra los festejos del carnaval) para todo aquel que «públicamente se exhibiera cambiando su apariencia física mediante el uso de pelucas o barbas postizas, caretas, antifaces o maquillajes, sin permiso de la autoridad competente».


Siempre en el capítulo de la Ley 8031 referido a los carnavales, se elimina lo dispuesto en el inciso «e» del artículo 94, que impone penas a quien «cambie el disfraz autorizado, de modo que pueda ofender el decoro o las buenas costumbres».


Colón


En nuestra ciudad, a fines del siglo 19, existían decenas de prostitutas clandestinas. En 1897 y para ordenar una incomoda situación se puso en vigencia un reglamento de veinte artículos que en un párrafo decía: “ queda absolutamente prohibida la prostitución clandestina, entendiéndose como tal la que se ejerciere fuera de la casa tolerada por reglamento”.


Por medio de la ordenanza se apercibe a los propietarios de tabernas, posadas etc, a no recibir a mujeres prostitutas, caso contrario serán penados con 10 pesos la primera vez y 20 las sucesivas. En tanto que ejercer clandestinamente la prostitución es penado con ocho días de cárcel o 20 pesos de multa.


El prostíbulo debía abonar patentes fiscales y además tener un médico encargado de revisar a las mujeres dos veces por semana a un peso cada una. El primer prostíbulo se instaló en 1895. Según los historiadores a principios del siglo 20, había en Colón 3500 habitantes y se trataba de ordenar la actividad de las trabajadoras sexuales, legislando para que ejercieran solamente en las casas habilitadas para tal fin.


Las prostitutas debían inscribirse en el municipio y dejar constancia de sus datos. Cada mujer debía poseer una libreta sanitaria.


El prostíbulo más importante existió en la esquina de 22 y 54.


Epocas modernas


En diferentes períodos se quiso volver a instalar una casa de citas. El último intento serio y legal transcurrió en el gobierno de Oscar Centani. En esa ocasión se había habilitado un cabaret en Ruta 8, pero las presiones de un sector de la Iglesia Católica hizo que en una noche de lluvia y de madrugada (a la noche era la fiesta de apertura) un funcionario municipal comunicó a los propietarios del burdel que la habilitación había caído.


En el 2000, habría funcionado un burdel clandestino en Ruta 8, con mujeres traídas de la provincia de Santa Fe. Las presiones de una fuerza de seguridad lo habría hecho cerrar, aunque siempre se dijo que podría haber seguido en distintos lugares y clandestinamente.


Las casas de citas en el presente funcionan en la provincia de Santa Fe, en este sentido existe un local pasando la “frontera” del partido y otro en la localidad de Hughes.


En Santa Fe la actividad está reglamentada. Sin embargo los entendidos dicen que la trata de blancas esta manejada por una eficiente mafia enquistada en el mismo poder político. En cada pueblo, localidad o ciudad existen burdeles de baja categoría. Las mujeres rotan por todos ellos cada mes. El grupo de prostitutas estaría manejada por muy pocas personas que sacan grandes ganancias.


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