PAGINA PRINCIPAL TAPA PAPEL CONSULTAR ARCHIVOS POR FECHA AVISOS FUNEBRES CONTACTESE

Enviar Artículo a un amigo  
Imprimir Artículo IMPRIMIR ESTE ARTICULO

28/08/2003
Santa Fe

Malhumor en el agro por cobro de impuesto


Federación Agraria argumenta que es inconstitucional. Los municipios no pueden crear nuevos impuestos.


<

El conflicto entre los productores agropecuarios y varias comunas se originó a partir de un estudio de la FAA en el sur santafesino, en el cual quedó demostrado que las administraciones locales cobran mucho más de lo que necesitan para el mantenimiento de caminos rurales. El pago de la tasa se efectúa en litros de gasoil y por hectárea, y está destinado a la reparación de los caminos rurales. En algunas localidades el valor oscila entre tres y doce litros del combustible, pero en otras no se cobra como en el caso de Arteaga y Casilda, entre otras.


Según la FAA, la tasa por hectárea es una suerte de caja negra en muchas comunas, que utilizan esos fondos para cuestiones políticas.


Según explicó Adrover «las tasas se diferencian de los impuestos porque suponen una prestación realizada en el contexto de un servicio creado u organizado por un ente administrativo» y que «su monto debe ser razonable y tener una relación con el beneficio obtenido por el contribuyente, además estar vinculado con la capacidad contributiva del vecino». En los fundamentos de su estudio, Adrover sostiene que «tal como están reguladas en las ordenanzas comunales por reparación de caminos rurales, las mismas son verdaderos impuestos que afectan a todos los inmuebles rurales de cada distrito y no se hace la división entre unidades de uso y consumo».


»Es decir que la mentada tasa tiene de tan sólo el nombre, ya que en realidad es un impuesto que las comunas no pueden constitucionalmente imponer ni cobrar», señaló el letrado para agregar que «de lo que actualmente se cobra no está especificado el destino de lo recaudado, por lo que de movida es deficiente su implementación».


También sostuvo que «las tasas por hectáreas son inconstitucionales atento a que no recogen el concepto de capacidad contributiva y por lo tanto violan el principio de igualdad».


Adrover señaló que «las comunas aplican la tasa por igual a todos los campos del distrito y sin discriminar si son agrícolas, ganaderos, con monte o inundables, por lo que no se tiene en cuenta la rentabilidad de cada chacra ni la capacidad contributiva del titular».


VOLVER A PAGINA ANTERIOR




Home | Tapa | Archivos | Fúnebres | Consultas
© Semanario Colón Doce - Todos los Derechos Reservados