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13/06/2003
Juzgado de Faltas

Podría arrestar personas


En los próximos días podría dictarse una nueva ley provincial. Las infracciones podrían abonarse en cuotas o con trabajo comunitario.


En Colón el Poder Ejecutivo local planifica enviar al Concejo Deliberante una ordenanza para crear un libre deuda municipal. La norma tiene como finalidad agilizar el cobro de las multas que tienen sentencia del Juez de Faltas.


La persona que tenga una deuda no podría habilitar un comercio o tramitar la licencia de conducir. La ordenanza quedaría en el freezer, debido a que desde la Provincia se aprobaría una normativa muy amplia para los Juzgados de Faltas.


La Justicia de Faltas que funciona en la mayoría de los 134 distritos bonaerenses podría contar con nuevas atribuciones, tales como ofrecerle a los infractores que abonen las multas en hasta 12 cuotas, imponer trabajos comunitarios para aquellos vecinos insolventes que hayan cometido faltas e incluso determinar arrestos domiciliarios en ciertos casos.


Esa es la propuesta de un proyecto de ley que ingresará en los próximos días en la Legislatura provincial, y que modificaría el actual Código de Faltas Municipal que, desde su creación hace 20 años, nunca fue modificado.


Herramienta


Las reformas constituyen una herramienta para que los municipios puedan dar mayor viabilidad a leyes y normas que generalmente terminan siendo incumplidas y la intención oficial sería la de diagramar una nueva Justicia de Faltas que sea más autónoma funcional y económicamente.


Entre las reformas más importantes para los distritos se encuentra el establecimiento de la socialización en la aplicación de penas, de tal manera que los infractores sin medios económicos puedan cumplir la sanción con trabajos comunitarios que serán dispuestos por el Juez de Faltas correspondiente.


Por otro lado, los municipios ya no deberían recurrir a la Justicia Civil o Comercial para iniciar juicios a morosos o evasores, ya que esa tarea sería absorbida por la Justicia de Faltas para des-comprimir las causas.


Además, también sería introducida la posibilidad del pago en hasta 12 cuotas sin interés de las multas municipales por faltas de tránsito o deudas de tasas e impuestos, ya sean comunales o de carácter provincial.


La primera reforma en 20 años, incorporaría al Código de Faltas la figura del arresto domiciliario, lo que posibilitará que cada distrito esté habilitado a través del Juez de Faltas para detener o demorar a una persona en caso de ser culpable de un delito.


Finalmente, otra apreciación importante entre las modificaciones sería la del «defensor oficial», que se encargará de iniciar el proceso judicial a cada infractor para evitar excesos.


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