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29/05/2003
Grave denuncia

La Comuna no cumpliría con los Derechos de los Niños


soriamic29 (7k image)El Concejal Gerardo Soria denunció en el Concejo Deliberante que la Municipalidad de Colón no cumpliría los Derechos de los Niños.


La posición del Concejal del AMIC fue respaldada por el bloque Justicialista (Niz, D´Angelis y Manfredini)


El concejal Gerardo Soria denunció en la última reunión del Concejo Deliberante que el programa Municipal “Pibes de la Casa del Niño nos lavan la cara” no respeta los derechos básicos de la minoridad colonense .


Según el boletín mensual de la Comuna local correspondiente al mes de mayo en la página 3 se publica una nota que textualmente dice: “Se ha puesto en marcha el proyecto “Nos lavamos la cara”, que es una iniciativa impulsada por el intendente municipal Miguel Lavatelli y concretada a través de la directora de la Casa del Niño, Claudia Zaniboni.


Apunta a chicos de 7º, 8º y 9º años, quienes realizan tareas de hermoseamiento de las plazas y monumentos públicos. Los chicos trabajan cuatro horas por día, de 7.30 a 11.30, recibiendo una paga a cambio, a la vez que se les brinda la debida contención...”.


En base a esta publicación el concejal Soria señaló: “ a los chicos se les debe brindar contención, pero de otra forma, no llevando adelante tareas que no corresponden con su edad”


Explicación

El sentido común, nos indica que la Municipalidad de Colón estaría violando la Convención Universal por los Derechos del Niño que nuestro país firmó y además el régimen laboral argentino que no permite el trabajo para menores de 14 años salvó como una modalidad familiar y bajo ciertas condiciones..


Se debe recordar que una Convención es un acuerdo entre países que deben respetar la misma ley, a pesar de algunas modificaciones o reservas que cada país puede realizar sobre la base de su cultura y tradición.


Cuando un Estado ratifica una convención significa que acuerda en obedecer la ley escrita en esa convención.


El Congreso de la Nación Argentina ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño el 27 de septiembre de 1990 mediante la ley 23.849 y la Asamblea Constituyente la incorporó al artículo 75 de la Constitución de la Nación Argentina en agosto de 1994 A partir de este compromiso el gobierno debe realizar los esfuerzos posibles para asegurar que todo niño tenga acceso a todos los derechos que figuran en la Convención.


La Convención sobre los Derechos del Niño tiene 54 artículos y cada uno explica cada uno de tus derechos. Sin embargo, muchos derechos se complementan entre sí y la protección de uno de ellos no debería hacerse en desmedro del resto.


Derechos Generales


Para recordar a nuestros funcionarios y políticos los Derechos de los Niños reproducimos algunos que estaríamos violando con el proyecto “Nos lavan la cara” además de los derechos constitucionales y normativas vigentes sobre el trabajo de menores..


Derecho 1. A que sean considerados en el ámbito de la Convención todos los menores de 18 años. En la República Argentina se entiende por niño todo ser humano desde su concepción.

Derecho 3. A que el interés del niño sea lo primero en todas las medidas que lo conciernen.


Derecho 4. A que el Estado tome todas las medidas administrativas, legislativas y de toda índole para hacer efectivos los derechos de la Convención.


Derecho 41. A las disposiciones nacionales e internacionales más favorables para los derechos del niño.
Derecho 31. a) Al descanso y al esparcimiento, al juego y las actividades recreativas apropiadas para su edad.


b) A participar en la vida cultural y artística, deportiva y de esparcimiento. (Entre otros).


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