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27/02/2003
Impuesto a las Ganancias

Ahora quieren que paguen las Cooperativas


El Fondo Monetario Internacional en el acuerdo firmado habría pedido ampliar la base de impuesto. Las Cooperativas están perjudicadas.


Las Asociaciones Cooperativas por el origen y fin del capital que conforma su patrimonio están exentas del impuesto a las ganancias.


El Ministerio de Economía de la Nación tiene proyectado ampliar la base del impuesto a las ganancias y gravar así los ingresos de las cooperativas. En nuestra ciudad por Ejemplo debería pagar el impuesto a las ganancias la Cooperativa Eléctrica y Graneros y Elevadores Argentinos.


En Santa Fe las Cooperativas Eléctricas ya pusieron el “grito en el cielo” por la nueva arremetida impositiva del gobierno nacional. Una fuente de la Cooperativa Eléctrica de Colón argumentó que “ estamos elaborando un documento con las entidades de segundo grado para poner en claro nuestra posición”.


Agregó “ Las Cooperativas pagan un impuesto al Capital Cooperativo que en nuestro caso es de 80 mil pesos al año. A este impuesto no lo van a derogar y ahora agregarán el impuesto a las Ganancias” Sobre si el nuevo impuesto incidirá en el precio de la tarifa eléctrica, nuestra fuente señaló: “No va a incidir pero acotará nuestras inversiones”.


En Argentina las Cooperativas en los últimos tiempos han reactivado decenas de industrias que compiten con las empresas de capitales extranjeros que provienen de los países desarrollados (Francia, Estados Unidos, Inglaterra). Es el momento de cortar las “alas” a las Cooperativas recargándole con impuestos.


El golpe del Fondo


El memorándum de políticas económicas que sirvió de base para el acuerdo con el FMI. prevé la ampliación de la base del impuesto a las ganancias para incluir los ingresos por intereses y dividendos y las ganancias de cooperativas y fundaciones.


Así se pretende equiparar las cooperativas a las organizaciones empresariales mercantiles, ignorando las sustanciales diferencias existentes entre la naturaleza jurídica, económica y social de ambas. Las cooperativas están fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para prestar servicios a sus asociados al costo y carecen de afán de lucro. También estarían en peligro entidades de tipo cultural (cine, teatro) y las de salud, entre otras.


La ley


La ley de impuesto a las ganancias establece que, para los efectos de la presente norma, las ganancias son «los rendimientos, rentas o enriquecimientos susceptibles de una periodicidad que implique la permanencia de la fuente que los produce y su habilitación, los rendimientos, rentas, beneficios o enriquecimiento obtenidos por los responsables incluidos en el artículo 69 inc 1 y los beneficios obtenidos por la enajenación de bienes muebles amortizables cualquiera fuere el sujeto que los obtenga» (artículo 2).


Al respecto, en su artículo 20, esta ley establece que:


«Están exentas del gravamen:... f) las ganancias que obtengan las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual, siempre que tales ganancias y el patrimonio social se destine a los fines de su creación (y) en ningún caso se distribuyan, directa o indirectamente, entre los socios;... v) las ganancias de las instituciones internacionales sin fines de lucro, con personería jurídica, con sede central establecida en la República Argentina.


Asimismo se consideran comprendidas en este inciso las ganancias de las instituciones sin fines de lucro a que se refiere el párrafo anterior que hayan sido declaradas de interés nacional, aún cuando no acrediten personería jurídica otorgada en el país ni sede central en la República Argentina».


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