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16/07/2016
Interés General

Cooperativas Eléctricas no pueden cobrar aumento


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La justicia en lo contencioso administrativa de La Plata declaró la nulidad de la resolución del ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense que autorizó el aumento en las tarifas de luz para los prestadores de ese servicio en territorio bonaerense.


El viernes pasado, la adoptó el juez Luis Federico Arias y afecta a las empresas EDELAP (La Plata y región), EDES (sur bonaerense), EDEA (costa atlántica), EDEN (norte de la provincia) y las alrededor de 200 cooperativas que dan el servicio en el interior, que no podrán cobrar el aumento.
Esas empresas "deberán abstenerse de emitir nuevas facturas con aumentos y devolver a los usuarios, en las futuras facturaciones, los importes percibidos como consecuencia del cuadro tarifario que se anula", explicó el magistrado, quien a su vez especificó que su decisión no afecta la aplicación de la tarifa social para este servicio.
En ese marco, Arias -que hizo lugar a una medida promovida por el Colectivo de Acción en la Subalternidad (CIAJ)- ordenó al Ejecutivo y al Órgano de Control que, en un plazo de cinco días corridos, se instruya a las distribuidoras a la refacturación con sujeción a los valores vigentes con anterioridad a la resolución impugnada. Es decir: sin el aumento.
En el fallo, el magistrado consideró que "los usuarios no han tenido participación alguna en el pro-cedimiento de revisión tarifaria, ni han sido informados de las razones o motivos del aumento". Arias cuestionó así la falta de una audiencia pública para definir el aumento, audiencia a la que el gobierno convocó para el 28 de julio en Mar del Plata.
Arias había hecho lugar el pasado 31 de mayo a una medida cautelar presentada por el CIAJ y suspendió el aumento tarifario, aunque luego la Cámara en lo Contencioso revocó el fallo.
Si bien la cámara no se expidió sobre el fondo del asunto, aceptó las apelaciones de las empresas de energía y dio "efecto suspensivo" a la medida de la instancia anterior hasta que sea resuelta el caso.
Sin embargo, Arias declaró la nulidad de las resoluciones en un fallo de características similares al de la Cámara Federal de La Plata que lo hizo con respecto a las tarifas de gas, por lo que, aseguró como se dijo que no puede cobrarse el incremento.
Por cuerda separada, el juzgado N° 11 en lo Civil y Comercial de La Plata había suspendido ayer la aplicación del tarifazo eléctrico para el interior, por un período de tres meses, en un fallo firmado por la jueza Cecilia Valeros de Corica, en el que la magistrada resolvió inhibirse de opinar sobre la cuestión de fondo al sostener que se trata de una cuestión de "interés público", por lo que envió las actuaciones a la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
La semana pasada, en tanto, la Cámara Federal de La Plata suspendió por tres meses los aumentos del precio mayorista de la electricidad, medida que, como se informó el viernes, no tenía un efecto inmediato en las boletas de luz, al menos hasta los nuevos fallos.
En territorio bonaerense, las cuatro prestadoras eléctricas y las cooperativas del interior estaban autorizadas a aplicar una suba de entre el 140 y el 180 por ciento, luego de que la Cámara Contencioso Administrativa hiciera lugar a una apelación de la Provincia. Ahora, esa decisión quedó sin efecto.




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