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30/10/2015
Judicial

Denegaron la excarcelación extraordinaria a un colonense


El 21 de octubre del año 2015, el Juzgado de Garantías Nº 2, denegó el pedido de excarcelación extraordinaria presentado por el defensor Estanislao Carricat a favor Franco Nicolás Ivanovsky en IPP 12-01-001008-15/00, caratulada "Ivanovsky, Franco Nicolás s/ Homicidio en grado de tentativa".


Cabe recordar que el Juez de Garantías Carlos Ayestarán ya había denegado la excarcelación a igual que la Cámara Penal de Pergamino. Este sería el tercer revés que sufre el imputado.
En tanto, el Fiscal, Dr. Ignacio Uthurry se opuso en su escrito presentado en los tres trámites judiciales a la con-cesión del beneficio en favor del imputado, en razón de sus condiciones personales y falta de contención familiar de, como así también la elevada pena en expectativa que se espera del resultado del presente proceso, lo que le permite inferir su probable voluntad de no someterse a proceso y la necesidad de que permanezca privado de libertad ambulatoria cautelarmente.
Además se debe tener en cuenta que los delitos que "prima facie" que se le imputan al colonense son los de hurto agravado de vehículos dejados en la vía pública y homicidio en grado de tentativa en concurso real entre sí, en calidad de autor.


Un no del
Juez actuante


El Juez actuante indica que a las luz de las pautas legales reseñadas, entiendo que, tal como se expresara en la sentencia de prisión preventiva de fecha 22 de julio del corriente año, dictada por el magistrado subrogante Dr. Fernando Ayestarán y con-firmada por la Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental en fecha 27 de agosto del año 2015; de la objetiva valoración de las características del hecho resulta su gravedad; no sólo inferida de la calificación legal ensayada sino por los particulares matices del evento: su secuencia temporal, la violencia desplegada por el autor, la edad de la víctima, el acometimiento con un arma blanca en dos etapas, aún cuando la víctima estaba huyendo y por la espalda, etc. que otorgan pautas re-veladoras en tal sentido.
El imputado atacó a un adolescente con un arma blanca, lo persiguió y cuando la víctima estaba en el suelo siguió con su violento proceder
Por otro lado, respecto de sus condiciones personales, he de referirme puntualmente a los elementos que surgen del propio incidente, ya que a obra informe socio-ambiental suscrito por la perito asistente social Lic. Mónica Argento quien efectúa su dictamen respecto del inmueble donde residen los abuelos maternos y la hermana del imputado con su pareja, y que fuera ofrecido como domicilio a los fines de una medida morigeradora.-
De dicho informe surge a destacar que: de la consulta vecinal, la familia goza de un muy buen concepto, con escasa interacción debido a su edad y a sus problemas de salud, y sobre el encartado se refiere que es poco lo que frecuenta dicho domicilio y de la apreciación diagnóstica que: el imputado reside, hasta su detención en el domicilio materno. "El ciclo familiar de origen presenta signos de vulnerabilidad con figura paterna y materna débil, casi inexistentes. El desarrollo social del encartado transcurre en este contexto familiar disociado, poco contenedor, donde la falta de un marco normativo admitió el surgimiento de conductas transgresoras en una etapa temprana del desarrollo (adictivas) y comportamientos antisociales asociados, modo de vida del cual no logra alejarse... En cuanto a las posibilidades de inserción del imputado en el ámbito familiar investigado, contexto que presenta algunos signos de fragilidad intrafamiliar en relación a las dificultades sanitarias que presentan los adultos mayores residentes, se constituye en sostén afectivo importante para el detenido siendo su hermana quien se presenta como potencial marco contenedor, dispuesta a brindar el apoyo y acom-pañamiento necesario al detenido. Marco que presentaría limitaciones de no contar con apoyo externo que permitan abordar y moderar la problemática adictiva y otros comportamientos irregulares que presenta Franco de larga data sin resolución hasta la fecha, que se advierten como principales signos de vulnerabilidad."(sic) (el resaltado me pertenece)
Por otro lado, dan cuenta de datos de la historia vital del imputado, resaltándose que el joven no tiene contención familiar ya que su madre no vive en forma permanente en la ciudad, y que su hermana tiene su familia que atender, que no se frecuentan mucho y que con el padre no tiene relación.-
A todo lo expuesto, ha de adunarse el informe psiquiátrico-psicológico donde sur-ge: "Personalidad débilmente integrada, con fallas en los frenos inhibitorios y en la capacidad de aceptar límites, con tendencias oposicionistas y dificultades en el logro de una implicación emocional que obstaculizan sus relaciones interpersonales y su ajuste al medio. Se advierten rasgos narcisistas, egocentrismo y manejo de las problemáticas y/o conflictos sin una implicación subjetiva y sin el logro de una elaboración intrapsíquica de las mismas" (sic)


El caso


Las secuencias de los hechos se concatenaron de la siguiente manera: El domingo 28 de junio de 2015 aproxi-madamente 3.30, Franco Nicolás Ivanovsky se apoderó ilegítimamente de una bici-cleta playera color negro propiedad de "Jesús T" la que se encontraba afuera de la vivienda de la familia Rocca sita en calle 47 bis entre 129 y 130 de Colón.
En la misma jornada pero a las 3.45, en la vereda de la vivienda que habita en calle 48 entre 128 y 129, Ivanovsky intentó dar muerte al menor de 13 años "Eduardo T" con un arma blanca, apuñalándolo en la región posterior del hemitorax izquierdo y además lo golpeó con sus puños en el cuerpo. En forma posterior al ataque la víctima salió corriendo y buscó ale-jarse para evitar seguir siendo agredido, no obstante ello, éste lo alcanzó en calle 48 entre 129 y 130, lugar donde le pegó una patada y lo tumbó al piso. Una vez en el suelo, el atacante siguió con su intención de dar muerte a "Eduardo T" con el arma blanca, asestándole por los menos dos puntazos más, uno en la espalda más precisamente en la región lateral del hemitorax izquierdo y el otro puntazo en una de sus piernas. Una vez que Ivanovsky creyó haber herido mortalmente al adolescente, y huyó del lugar, abandonándolo, pero no logró su cometido en virtud de la rápida asistencia que recibió la víctima de parte de Sandro Jesús Medina quien ocasionalmente pasaba por el lugar y lo auxilió. La ayuda recibida hizo que el herido fuera intervenido quirúrgicamente de urgencia en el Hospital Municipal Eduardo Morgan en forma oportuna y exitosa por las graves lesiones sufridas, las que pusieron en riesgo su vida.



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