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30/10/2015
Judiciales

Duras normativas a seguir al autor de un incendio en una vivienda


Un hombre radicado en Colón le fue concedido la suspensión del juicio a prueba pero deberá atenerse a una serie de medidas ordenadas por la Justicia.


El imputado identificado como A. A. T de 45 años de edad y domiciliado en Colón e imputado de incendio y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil la suspensión del juicio a prueba por el término de tres años debiendo cumplir con la reglas generales y como regla especial de conducta la acordada, la cual resulta ser la donación de pesos quinientos ($500) en favor de la Casa del Niño Williams C. Morris de la ciudad de Colón, pagaderos en una sola cuota de pesos, debiendo acompañar a éste juzgado interviniente o al Patronato de Liberados, el recibo otorgado por la citada institución dentro de los tres días posteriores a la fecha del vencimiento fijado, y en caso de no otorgársele recibo, abonar el monto de dinero en el Juzgado de Garantías Nº 2 Departamental.
También se ordena de eximirlo del pago de la reparación económica atento a la índole del delito.
El individuo deberá cumplir con las siguientes reglas de conducta: a) Mantener su residencia en el domicilio que fija oportunamente en autos en calle 51 …. de la ciudad de Colón, no pudiendo ausentarse del mismo por un lapso mayor de 48 horas sin comunicación previa al juzgado interviniente. Asimismo, deberá comunicar dentro de los diez días, todo cambio de domicilio que efectúe durante el plazo de suspensión de juicio a prueba. b) No cometer nuevos delitos. c) Someterse al control del Patronato de Liberados Delegación Pergamino (cuya repartición en la ciudad de Colón se encuentra sita en calle 48 entre 20 y 21).-A los fines de efectivizar el monto de pesos un mil ($1000) dispuesto como mínimo de la multa prevista el imputado deberá abonar diez (10) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos cien ($100) cada una en la cuenta bancaria abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires a nombre del Fondo de Patronato de Liberados de la provincia de Buenos Aires.
Por último deberá abandonar en favor del Estado, el arma secuestrada en autos, siendo una escopeta marca Faro, modelo 32, Nº de serie no visible, calibre 32 y 26 cartuchos marca Orbea calibre 14 La Justicia pergaminense advierte "Hágasele saber al imputado que ante cualquier incum-plimiento de las reglas de conducta impuestas se seguirá adelante con el juicio y que el control del cumplimiento de lo suspensión de juicio a prueba estará a cargo del Patronato de Liberados y de este Juzgado de Garantías Nº2 Departamental Pergamino".


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