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21/11/2013
Judiciales

Detienen a un colonense por abuso sexual agravado contra su hijastra


La Policía de Colón recibió la madrugada del lunes la denuncia de una mujer que acuso a su pareja de abuso sexual agravado. El sospechado es un hombre de 36 años originario de la provincia de Corrientes y habría nacido en 1977....


La víctima sería la hijastra, el problema sería de vieja data, y cuando la víctima era adolescente. El agresor sexual está detenido. La denuncia


Según lo poco que trascendió a través de diversas fuentes, el lunes de madrugada se habría producido una discusión familiar donde no estaría ausente la ingesta de alcohol y la promiscuidad.


La policía concurrió a la vivienda debido a la denuncia realizada a través de un llamado telefónico. En ese marco una mujer mayor habría realizado la denuncia e inmediatamente tomó intervención la Fiscalía Descentralizada a cargo de Magdalena Brandt.


El hombre según las primeras informaciones reunidas habría abusado de su hijastra cuando tenía 15 años y hasta el presente en que la víctima tiene 22 años, accedió a ella sexual- mente en forma sistemática y mediante amenazas de distinta índole.


Abuso sexual


El Código Penal indica que "Será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando, ésta fuera menor de trece años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción.


La pena será de cuatro a diez años de reclusión o prisión cuando el abuso por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima.


La pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por cualquier vía.


En los supuestos de los dos párrafos anteriores, la pena será de ocho a veinte años de reclusión o prisión si:


a) Resultare un grave daño en la salud física o mental de la víctima;


b) El hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda;


c) El autor tuviere conocimiento de ser portador de una enfermedad de transmisión sexual grave, y hubiere existido peligro de contagio;d) El hecho fuere cometido por dos o más personas, o con armas;


e) El hecho fuere cometido por personal perteneciente a las fuerzas policiales o de seguridad, en ocasión de sus funciones;


f) El hecho fuere cometido contra un menor de dieciocho años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo."




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