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02/11/2012
AFIP

Se apela fallo por compra de moneda extranjera de abogado platense


El contribuyente, un abogado de La Plata, que declara facturar menos de $ 48.000 anuales, efectuó una presentación judicial –medida autosatisfactiva- solicitando adquirir Reales 1.200....


El juez federal de La Plata, Alberto Osvaldo Recondo, dio lugar a la presentación autorizando al contribuyente la compra de este monto para viajar a Brasil, pero negando la inmediatez de la medida y reencuadrando el procedimiento judicial como un simple trámite de amparo. De los controles sistémicos de AFIP surge que la situación fiscal declarada por el contribuyente no es compatible con la realidad económica de sus operaciones, máxime teniendo en cuenta que ya había adquirido moneda extranjera por montos incompatibles con su situación fiscal antes de que AFIP implementara el sistema de Control de Operaciones Cambiarias (COC). Lo llamativo del procedimiento fue que AFIP tomo conocimiento de la medida a través de un portal de noticias digital de manera previa a la notificación judicial. Independientemente de lo mencionado, AFIP presentó –en la tarde de hoy- un Recurso de Apelación frente a tal resolución por entender que la misma va en contra de objetivos esenciales del Organismo como la optimización de los controles fiscales sistémicos y en tiempo real de la AFIP que arrojaron, en este caso, una inconsistencia evidente entre los ingresos declarados y los gastos y adquisiciones –moneda extranjera y automóvil- del contribuyente. Vale destacar que es el Banco Central el organismo que autoriza la compra, o no, de moneda extranjera y que, en función a la Comunicación “A” 5318 de dicho Organismo, AFIP valida informática y sistémicamente las operaciones tomando como parámetro la capacidad contributiva de cada contribuyente en relación a la solicitud efectuada.


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