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09/06/2012
Interés General

Profundos cambios en el Código Civil y Comercial


El Senado recibió el proyecto de unificación y reforma de los códigos civil y comercial que, de aprobarse en las términos concebidos en la iniciativa oficial, producirá profundos cambios en la concepción actual del matrimonio, el divorcio, la adopción, la reproducción asistida y los derechos de los usuarios....


En ese marco, el senador socialista Rubén Giustiniani estimó hoy que el tema será debatido en la cámara alta "antes de fin de año", después de ser aprobado por una comisión bicameral.
El Código Civil y Comercial enviado por el Poder Ejecutivo tiene 2.671 artículos, que reemplazarán a los más de 4.000 del Civil vigente y los 506 del Comercial, fue elaborado por una comisión que reunió a cien juristas y debatió las reformas durante más de un año.


El anuncio del envío al Congreso de la compilación fue realizado el 27 de abril por la presidenta Cristina Fernández durante un acto en la Casa de Gobierno del que participaron el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti y otros ministros del máximo tribunal. La propuesta enviada al Parlamento incorpora al Código Civil la figura del matrimonio igualitario y elude mencionar a un varón y una mujer como los participantes de la unión.


La iniciativa establece que los integrantes de matrimonio entre personas de un mismo sexo debe recibir igual tratamiento sobre sus derechos que las parejas heterosexuales, en asuntos sobre adopción, fertilización y "sustitución de vientre".


Prevé la posibilidad de que los contrayentes puedan celebrar acuerdos para mantener separados sus bienes y establece que los convenios sólo se relacionarán con el contenido patrimonial y tendrán límites.


La norma reconoce derechos de asistencia y protección de la vivienda para las parejas que convivan dos años o más y define como "unión convivencial" a una "relación afectiva, de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que comparten un proyecto de vida común", sean del mismo o de diferente sexo.


Sobre el divorcio prevé una simplificación de los trámites y ya no hará falta un común acuerdo. Establece que para hacerse efectivo basta que uno de los cónyuges quiera disolver el vínculo y ya no será necesario decirle al juez el motivo de la separación y tampoco esperar tres años.


El texto prevé que las causas de la disolución no serán discutidas y, en cambio, será necesario que los solicitantes presenten una propuesta de solución para el futuro régimen de alimentos, tenencia de los hijos y división de bienes. El documento que deberá ser analizado por una comisión bicameral establece un trámite simplificado y más ágil para quienes quieran adoptar niños y autoriza a pedir ese derecho a personas unidas de un mismo sexo.


En materia de reproducción humana asistida, incorpora las técnicas de inseminación artificial y fecundación in vitro, al tiempo que equipara la filiación con los derechos de los hijos naturales y los adoptivos. Señala que la voluntad de procreación es más fuerte y prima por sobre la paternidad biológica en los casos en que se haya recurrido a tratamientos de fertilización asistida.


Regula la posibilidad de que una pareja geste su hijo con material genético o en el vientre de una tercera persona y se prevé que es "la voluntad procreacional" y no el dato genético lo que determina la filiación.


El texto reconoce además al régimen de propiedad comunitaria de los pueblos originarios, así como los llamados derechos personalísimos, como los relaciones con la imagen personal y la información sobre tratamientos médicos, al tiempo que define a la protección de la vivienda como valor fundamental para la dignidad y desarrollo de la persona.
El documento propone el derecho de los usuarios y consumidores, con lo que se busca evitar abusos en casos de mercados cautivos.


Crea la figura de sociedades de un solo socio y regula los contratos modernos, como la franquicia y los contratos bancarios, para dar seguridad a las transacciones. (DIB)


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