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09/02/2012
Tribunal de Cuentas

Fuerte multa a Ricardo Casi


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El intendente fue sancionado por una cifra cercana a los veinte mil pesos, por partidas presupuestarias readjudicadas en el área hospitalaria y obras públicas en la periferia de nuestra ciudad....


El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires en fallo dado a conocer recientemente multó al Intendente Ricardo Casi en $ 19.269,56 y fija el plazo de noventa días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, adjuntando comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas. Cabe destacar que el Ejercicio 2009 fue aprobado pero llama la atención el monto aplicado, debido a que otros Jefes Comunales de la zona fueron multados, tales los casos de Mario Meoni de Junín, o los de General Viamonte, General Arenales, General Pinto, Florentino Ameghino y Lincoln. En todos ellos las multas no superan los cinco mil pesos.


El caso


En la Sesión del Lunes 26 de mayo de 2010, el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Colón procedió a aprobar el expediente N° 4871/10 el evado por el Intendente - Rendición de Cuentas y Compensación de Excesos producidos en el ejercicio en estudio -. De la lectura del acta de sesión de ese día, surge que la aprobación se concretó en forma dividida, votando por la afirmativa los Concejales Pablo Gabriel Pino, Carlos Adrián Traficante y Daniel Oscar Spagnuolo, Stella Maris Simonovich y Mónica María Mercedes Broglio. En tanto los ediles Oscar Sutich, Pedro Solé, Mauricio Coliqueo, Javier Fidalgo y Carla Barbieri rechazaron la cuenta.


El Artículo 67 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires establece que el Concejo Deliberante está facultado para compensar excesos producidos en partidas presupuestarias por gastos, que estime de legitima procedencia hasta un monto igual al de las economías realizadas sobre el mismo presupuesto, o con excedente de recaudación y con el saldo disponible que registre antes de efectuar las operaciones de cierre del ejercicio la cuenta resultados de ejercicios. La Resolución N° 729/10 alude sólo a la compensación de excesos ejercicio2009, aunque sin acompañar detalle indicativo de los medios de financiación empleados para ello. Conforme a lo expuesto en el apartado 1) del presente considerando, al cierre del ejercicio en estudio no existían economías porno inversión para compensar los excesos producidos.


El descargo


El Intendente Casi atribuye los desvíos al funcionamiento del Hospital Municipal y a emprendimientos de infraestructura vial, argumentando que los gastos en estas áreas resultan prácticamente ineludibles y que no se puede limitar los mismos a gestiones de índole presupuestaria. Los mencionados excesos se produjeron como consecuencia de la creciente demanda de parte de los sectores de bajos ingresos sin obra social o prepaga y de aquellos que a pesar de poseer obra social se ven imposibilitados de concurrir a centros privados de atención médica por su situación económica. Los excesos correspondientes a obras y servicios públicos existieron debido a una creciente demanda en infraestructura y servicios básicos sobre todo en zonas periféricas de la ciudad.


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