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17/12/2011
ANSES

Convivientes del mismo sexo pueden cobrar pensión


Los cónyuges del mismo sexo pueden tramitar la pensión por fallecimiento de su pareja. Podrá solicitar la pensión el cónyuge o concubino del beneficiario fallecido, acreditando dicho matrimonio o convivencia con la presentación de la partida de defunción de su pareja. El trámite es gratuito y puede realizarse desde la página web de ANSES, www.anses.gob.ar....


Para poder efectuar la gestión, el solicitante debe contar con su número de CUIL y el del fallecido (causante); en caso de percibir otro beneficio, con su número de beneficiario y de expediente; si el causante tuviera hijos menores de edad por los cuales va a compartir el beneficio, debe informar el CUIL de cada uno de ellos; y, finalmente debe presentar su domicilio (donde recibirá la notificación de pago): calle, número, piso, departamento, localidad, provincia, código postal, teléfono de contacto, dirección de correo electrónico y número de beneficio del fallecido.


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