PAGINA PRINCIPAL TAPA PAPEL CONSULTAR ARCHIVOS POR FECHA AVISOS FUNEBRES CONTACTESE

Enviar Artículo a un amigo  
Imprimir Artículo IMPRIMIR ESTE ARTICULO

06/11/2011
Comercios bonaerenses

Aplicaron multas por tres millones de pesos


El Ministerio de la Producción bonaerense aplicó entre enero y octubre de este año multas por más de 3 millones de pesos a comercios de la provincia, principalmente por no exhibir precios, por cobrar más que el precio en góndola y por publicidad engañosa....


Según un informe de Producción, las multas por violaciones a la Ley de Lealtad Comercial lideraron el ranking de sanciones y significaron el 51 por ciento del total en lo que va del año con 1.549.000 pesos. Esta normativa establece controles de obligatoriedad de exhibición de precios, de control de diferencia de precios entre góndola y caja, del contenido neto de los productos y de publicidad engañosa, se indicó.


En el ranking de multas, el segundo lugar lo ocupan las sanciones por incumplimientos a la Ley de Talles (12.665). El 29 por ciento de las multas
(880.550 pesos sobre el total) correspondió a sanciones aplicadas por violaciones a esta ley como la falta de marcación numérica en las prendas (la ley ordena ubicar los talles del 38 al 48), del pictograma que indica a qué medida corporal corresponde cada una de ellas y de stock correspondiente a todos los talles.


En materia de Defensa del Consumidor (ley 24.240), la penalidad económica llegó a 535.550 pesos y representó el 17 por ciento del total. Esta norma tiene por objeto la protección al consumidor o usuario, es decir todas aquellas personas que contratan un bien o servicio para su consumo final, en tanto que por violaciones a la Ley 19.511 de Metrología Legal (que establece penalizaciones por infracciones detectadas en los controles de pesos y medidas realizados en instrumentos de medición como balanzas y surtidores) se multó a comercios por 64.100 pesos.


En tanto, una vez que se determina la aplicación de una multa por no respetar la Ley de Lealtad Comercial y la de Metrología Legal (encargada de verificar pesos y medidas), se notifica al infractor quien tiene un plazo de 10 días hábiles para abonarla o apelarla.


Si es apelada interviene la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que puede confirmar la sanción totalmente, parcialmente o revocar la multa (por infracciones a las Leyes de Defensa del Consumidor y de Talles interviene el fuero Contencioso Administrativo). En caso de que no se abone, procede la Fiscalía de Estado para su ejecución fiscal. (DIB)


VOLVER A PAGINA ANTERIOR




Home | Tapa | Archivos | Fúnebres | Consultas
© Semanario Colón Doce - Todos los Derechos Reservados