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21/10/2011
ANMAT

Prohíben el uso de tres medicamentos


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización y uso de tres productos medicinales por haberse detectado irregularidades en su elaboración, según publicó hoy el Boletín Oficial....


Los productos están rotulados como solución dextrosa al 5%; gluconato de calcio 10% y suspensión oral uratina/nitrofurantoina 5rng/ml.


Con respecto al primer producto, la disposición 7078/2011 prohibió "la comercialización y uso en forma preventiva en todo el territorio nacional, del producto rotulado como Solución Dextrosa al 5%, laboratorio Rigecin Labs Sacifi, con vencimiento 12/2012, que no poseen número de Lote".


La disposición aclara que se detectaron irregularidades en la solución dextrosa y que "se trataría de un producto apócrifo y se desconoce las condiciones de elaboración de las especialidades medicinales involucradas".


El prospecto del producto indica que se utiliza para "corrección del déficit de volumen extracelular sin déficit electrolítico significativo (fiebre, hipertiroidismo, diabetes insípida, hipercalcemia). Soluciones hipertónicas en la hipoglicemia".


En tanto, la disposición 7077/2011 prohibió "la comercialización y uso en forma preventiva en todo el Territorio Nacional, del producto rotulado como gluconato de calcio 10%, inyectable, laboratorio Norgreen SA sin datos de codificación de lote y fecha de vencimiento".


A su vez, se ordenó al laboratorio involucrado que retire del mercado el producto "debiendo acreditar ante el Instituto Nacional de Medicamentos su cumplimiento, con la documentación respaldatoria correspondiente".


En tanto, la resolución 7076/2011 prohibió "la comercialización y uso en forma preventiva en todo el Territorio Nacional, del producto rotulado como uratina/nitrofurantoina 5rng/ml, suspensión oral, lote 00282, vencimiento 08/12, Laboratorio Prieto SA".


El ANMAT ordenó asimismo a ese laboratorio el retiro del mercado del producto "debiendo acreditar por ante el Instituto Nacional de Medicamentos su cumplimiento, con la documentación respaldatoria correspondiente".(DIB).



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