Estos precios están orientados a perfeccionar el sistema de selectividad en materia de valor y para detectar desvíos respecto de los importes usuales para mercaderías idénticas o similares.
A través de la Resolución General N° 3.194, el organismo tributario fijó en 2,94 dólares (FOB) el kilogramo de miel exportado a los países de los grupos 10, 11 y 12, compuestos por: Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Japón, Malta, Noruega, Reino Unido, Suecia, Alemania, Bélgica, España, Francia, Grecia, Italia, Países Bajos, Portugal, Bulgaria, Eslovenia, Lituania, Polonia, Rumania, Rusia y Ucrania.
Además, en dicha norma, la AFIP fijó en 3,04 dólares (FOB) el valor de referencia para la exportación a los países del Grupo 3: Estados Unidos y Canadá.
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