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29/07/2011
Medios de comunicación

Por el cumplimiento de la ley de la democracia


La Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos (FACE) expresa su profunda preocupación ante el fallo dictado por el juez federal en lo civil y Comercial Edmundo Carbone, por el cual hace lugar a una medida cautelar contra la Cooperativa Eléctrica de Morteros y ordena a la ASFCA (ex COMFER) y a los demás organismos de la administración pública que “se abstengan de dictar, implementar y/o ejecutar actos, ya sea de alcance individual o general, y realizar trámites que impliquen la aplicación del artículo 30 de la ley 26.522” (Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual)....


Con esta medida en detrimento de la cooperativa el juez Carbone suspende la aplicación del artículo que establece las condiciones bajo las cuales las cooperativas de servicios públicos pueden prestar servicios de comunicación a través de vínculos físicos, es decir, por cable.


El magistrado -el mismo que congeló el artículo 161 de la ley favoreciendo al Grupo Clarín al prorrogar el plazo de que dispone para ajustarse a las pautas antimonopolio que fija la ley- fundamenta esta medida en que “es probable que a mérito de las exenciones impositivas impuestas por ley una cooperativa obtenga ventajas que le permitan sostener un precio por el servicio que ha de prestar”.


Este fallo desconoce la naturaleza jurídica de las empresas cooperativas, que son entidades sin fines de lucro, no persiguen la obtención de ganancias, por lo cual deberían ser sujetos no alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, y no estar encuadrados como exentos. De todos modos, la exención surge de una ley, con lo cual, el juez Carbone dispone la no aplicación de un artículo que otorga un derecho a las cooperativas, basado en el cumplimiento de otro derecho fijado por una ley.


FACE se solidariza con la Cooperativa Eléctrica de Morteros y brinda su apoyo a todas las cooperativas del país que estén tramitando licencias o estén analizando esa posibilidad, para que continúen haciendo presentaciones y no cejen en reafirmar su derecho a prestar un servicio en condiciones de igualdad con otros actores en sus comunidades e insta a todo el movimiento cooperativo a redoblar sus esfuerzos para sortear las piedras que actores poderosos siguen poniendo en el camino hacia una comunicación plural.


La voz del cooperativismo, que representa a millones de argentinos y argentinas asociados a miles de cooperativas en todo el país, debe ser escuchada. La ley 26.522, sancionada por el Congreso de la Nación Argentina –con el respaldo de amplias mayorías en ambas cámaras- y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional, reconoce nuestro derecho a la palabra y el de toda la sociedad. La comunicación ya no puede ser patrimonio de unos pocos. La pluralidad de voces es indispensable para que la democracia sea plena y en tal sentido, exigimos el cumplimiento de la ley de la democracia


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