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07/06/2011
Causa Noble-Herrera

Las Abuelas de Plaza de Mayo objetaron fallo de Casación


Las Abuelas de Plaza de Mayo y los querellantes objetaron ante la Cámara Nacional de Casación el reciente fallo de ese tribunal que ratificó la extracción compulsiva de muestras corporales a los hermanos Marcela y Felipe Noble Herrera para establecer el patrón genético de ambos....


Los abogados Alcira Ríos y Pablo Llonto, en representación de las familias querellantes, directamente solicitaron la nulidad de la resolución por considerar que los camaristas que la suscribieron "no han leído con atención la causa" y "la resolución final nada tiene que ver con los fundamentos de cada juez".


Los letrados cuestionaron que los jueces Raúl Madueño, Luis García y Guillermo Yacobucci hayan limitado la comparación de las muestras de ADN que se obtengan con los registros de familiares de desaparecidos hasta el 13 de mayo de 1976, en el caso de Marcela y hasta el 7 de julio del mismo año, en el de Felipe. Al respecto, sostuvieron que "la fundamentación es tan ridícula y contradictoria entre sí que se convierte en un sin sentido, en un presupuesto alejado de todo juicio humano, mucho más si se lo pretende analizar desde la lógica más elemental".


"Si la fundamentación de una resolución es grotesca y extravagante, no hay tal fundamentación, Por ende el fallo es nulo", comentaron y consideraron además que "es inválida por ser introducida intempestivamente por los propios jueces sin tener conocimiento, además, sobre qué fechas están hablando".


Por su parte, los abogados Alan Iud y Marcelo Gaitán, representantes de Abuelas, solicitaron a Casación una "aclaratoria" del fallo pues en el mismo "se advierte un posible error material y cierta oscuridad en su formulación, lo que impide a esta parte interpretar adecuadamente el sentido de lo resuelto".


Para los letrados del organismo humanitario en la disposición de la Sala Segunda "no existe correlación entre lo expresado en los fundamentos del fallo con lo plasmado en la parte dispositiva".


También se interrogan sobre al alcance de la palabra "certeza" usada por los camaristas al fijar como requisito que las muestras se compararán con las de aquellos desaparecidos "con certeza" hasta las fechas que se determinaron para cada hermano.


"No surge el sentido y alcance que los señores jueces han asignado el término 'certeza' utilizado en la parte dispositiva" pues la palabra "tiene distintos significados en el lenguaje natural y en el lenguaje técnico jurídico, pudiendo en este último caso tener diversos alcances de acuerdo a como sea definida", dijeron.


La semana pasada, la Sala III dispuso que las eventuales muestras se cotejen con las existentes en el Banco Nacional de Datos Genéticos y los jueces resolvieron que se haga con los desaparecidos hasta las fechas antedichas.


Tanto los defensores de Marcela y Felipe como las querellas anticiparon que apelarán el fallo presentando un recurso extraordinario ante Casación y si fuese rechazado, eventualmente, recurrirán "en queja" ante la Corte Suprema de Justicia. (DIB)


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