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10/02/2011
JUDICIALES

Limitan atribuciones de fiscales por pedido de líneas telefónicas


Lo hizo la Cámara del Crimen al declarar nula una medida de una fiscal quien había solicitado el listado de llamadas entrantes y salientes de un celular para dar con el autor de un robo. Para los jueces, ello es a fin de resguardar la intimidad de las personas....


La Cámara del Crimen determinó que los fiscales no cuentan con la facultad de solicitar el listado de llamadas entrantes y salientes de un celular en el marco de una investigación penal, y por ello declaró una medida en ese sentido y revocó el procesamiento de una persona imputada por robo.


El Tribunal determinó que ello sólo puede ser ordenado por un juez sólo "por resolución fundada", ya que son medidas que pertenecen "exclusivamente a la orbita del órgano jurisdiccional", es decir a los magistrados.


El hecho en cuestión ocurrió el 2 de julio de 2007 cuando el imputado L. L. M. O. ingresó a un domicilio junto con otras personas para robar una cámara fotográfica digital. Pero al ser los asaltantes sorprendidos por el dueño de la casa, se dieron a la fuga, y el acusado se le cayó su celular.


En la investigación, el fiscal ordenó obtener el listado de llamadas entrantes y salientes y el archivo de teléfonos que tenía grabado el celular. Entre sus contactos, se ubicó unos que figuraban como "mamá" y "papá", y ello le permitió detener a L.L.M.O.


A raíz del cuestionamiento de la defensa, la Cámara recordó que la Corte Suprema equiparó "la solicitud de los registros de comunicaciones telefónicas a la intervención de su contenido y, como consecuencia, estableció que los requerimientos de tal información deben ser efectuados por el juez competente en auto fundado".


"Debemos concluir entonces que el fiscal aún encontrándose a cargo de la investigación (como en el caso), no puede requerir los registros de las comunicaciones telefónicas a las empresas prestatarias del servicio, sino que la orden debe ser emitida por un juez, mediante auto fundado, tal como lo expresa el segundo párrafo de la referida norma procesal", según la Cámara.


"Lo contrario, insistimos implica un avance en el campo de intimidad del ciudadano, que cuenta con clara petición en normas de raigambre constitucional", añadieron los jueces, quienes tuvieron en cuenta la afectación del "ámbito de privacidad de las personas".


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