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25/02/2010
CENTRO DE COMERCIANTES

Amparo por aumento gas de red domiciliaria


El Centro de Comerciantes e Industriales de Colón hace saber que con motivo de las gestiones que se vienen realizando conjuntamente con la Sindicatura de Usuarios del Organismo de Control de Energía Eléctrica del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires y el (CEDEOCO (Centro de Orientación y Defensa del Consumidor, Asociación Civil de Villa Gesell), en la persona de su presidente Eduardo Cobo, se logró la medida cautelar por el juez Martín Alberto Martínez para todos los usuarios de la localidad de Colón con relación a la aplicación a través de los dispuesto por el Decreto 2067/08 los que en la parte resolutiva dice textualmente: ...


"Resuelvo: Previa formali- zación de caución juratoria por parte del Señor Presidente de CEODECO (Centro de Orientación al Consumidor), que se estima como suficiente contracautela, hace lugar a la cautelar solicitada, suspendiendo provisoriamente hasta el dictado de sentencia de fondo, los efectos de los instrumentos normativos impugnados, y en consecuencia, deberá el Ente Regulador de Gas (Enargas), instruir a la Distribuidora Litoral Gas S.A que con relación a los usuarios del Municipio de Colón, a aceptar el pago de factura de gas excluyendo de las mismas los cargos derivados del Decreto PEN 2067/08, en el caso de las facturas ya emitidas, es decir que acepte el pago parcial; y en relación a las facturas a emitir proceda de igual manera u ordenen refacturar sin dicho cargo. Asimismo se le ordena que se abstenga de efectuar cortes de suministros de gas motivado por la falta de pago de tales facturas.
A tal fin líbrese oficio".


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