PAGINA PRINCIPAL TAPA PAPEL CONSULTAR ARCHIVOS POR FECHA AVISOS FUNEBRES CONTACTESE

Enviar Artículo a un amigo  
Imprimir Artículo IMPRIMIR ESTE ARTICULO

05/11/2009
Provincia de Buenos Aires

Extienden plazo de pago en infracciones laborales


El Ministerio de Trabajo bonaerense extenderá hasta el 18 de noviembre próximo el plazo para que las empresas que mantienen deudas por infracciones con el organismo se adhieran a una moratoria en marcha desde el 2 de febrero de este año...


La moratoria contempla descuentos de hasta el 70 por ciento en intereses para empresas que adeudan multas al Ministerio de Trabajo por infracciones laborales.


Según informó la cartera laboral en un comunicado, a la fecha, más de 6 mil empresas adheridas se adhirieron al plan de pago que ahora se extenderá hasta el 18 de noviembre.


"La implementación de la Moratoria de deudas originadas en infracciones laborales está direccionada fundamentalmente a facilitar la regularización de la situación a las empresas que hayan sido sancionadas y, que en el marco de la crisis, necesiten por un lado regularizar su situación y, por otro lado, acogerse a los planes de apoyo implementados tanto por el gobierno Nacional como por el de la provincia de Buenos Aires", sostuvo el ministro de Trabajo provincial, Oscar Cuartango.


En este sentido, señaló que la moratoria permite una reducción, según la forma de cancelación, de hasta el 70 por ciento de los intereses de la deuda y otorga un plan de facilidades de pagos de hasta 36 meses.


Los trámites para ingresar pueden ser realizados por el titular de la deuda con DNI o cédula de identidad, o un apoderado con DNI o cédula de identidad y un poder realizado ante escribano o personas jurídicas con Acta de Asamblea, Estatuto, DNI o cédula de identidad de la autoridad máxima.

El procedimiento, una vez ingresado el trámite, consiste en reconocer el importe de la deuda y declarar el domicilio fiscal de la empresa. De esta manera, el empleador tendrá acceso en la web de la cartera laboral www.trabajo.gba.gov.ar a la correspondiente boleta de pago, que comprenderá una fecha de vencimiento de entre 10 y 15 días según cada caso.


VOLVER A PAGINA ANTERIOR




Home | Tapa | Archivos | Fúnebres | Consultas
© Semanario Colón Doce - Todos los Derechos Reservados