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03/07/2009
Empleados públicos

Reglamentación de licencia a padres con hijos menores de 14 años


La resolución del gobierno provincial bonaerense, que otorgará licencias por 15 días a los empleados de la administración pública con hijos menores de 14 años a partir del lunes, no incluirá al personal afectado a la prestación de servicios en las áreas de Seguridad, Salud, Desarrollo Social, Dirección General de Cultura y Educación, Servicio Penitenciario y empleados de Banco Provincia...


Así lo informó el Ministerio de Trabajo provincial e indicó que el resto de los empleados públicos podrán solicitar licencias con goce íntegro de sueldo por 15 días –mientras dure el adelantamiento del receso escolar que se aplicará a partir del lunes- si tienen hijos menores de 14 años.


Los que cumplan con estas condiciones deberán presentar certificado de escolaridad expedido por el Establecimiento Educativo, certificado de nacimiento del menor, testimonio de la guarda, tenencia o tutela, certificado que el cónyuge no puede gozar de licencia para la atención del menor.
Esta licencia deberá ser otorgada sólo a uno de los padres, en caso que uno de ellos goce de idéntico beneficio en el ámbito nacional, provincial o municipal.


Asimismo, se otorgarán licencias por 15 días prorrogables a las personas comprendidas en los grupos de riesgo de la gripe A: empleados adultos mayores de 65 años, embarazadas y que presenten enfermedades crónicas (pulmonares: bronquitis crónica, enfisema, Asma Bronquial bajo tratamiento, Hipertensión pulmonar, Enfermedad fibroquística; Cardiovasculares (no incluye hipertensión arterial): Miocardiopatías, Malformaciones congénitas, Insuficiencia cardiaca congestiva; renales: Insuficiencia renal crónica, Síndrome Nefrótico; metabólicas: Diabetes mellitas, Obesidad severa -Índice de masa corporal mayor a 35-. Oncológicas con menos de 5 años de evolución desde el diagnóstico. Hematológicas; Hepáticas: Insuficiencia Hepática, Cirrosis. Inmunosuprimidos. Por consumo de inmunosupresores o corticoides, transplante o VIH/SIDA).


“La medida tiene como objetivo preservar la salud de los grupos más vulnerables al contagio de la enfermedad y estará vigentes PARA TODOS los regimenes estatutarios”, se informó.
La licencia para “distanciamiento social” de los empleados públicos será otorgada mediante la presentación a la Dirección de Personal o al superior jerárquico de su institución, el resumen de historia clínica firmado por el médico tratante y copia de estudios complementarios actualizados que acrediten el diagnóstico del factor de riesgo y/o estado de gravidez para obtener la misma. (DIB)


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