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24/09/2008
Diputado Carlos Nivio

Presenta ley de prevención de Delitos Sexuales


La ley presentada en la Legislatura provincial por el diputado socialista Carlos Nivio crea el Programa Provincial de Prevención y Asistencia a las Víctimas de Delitos Sexuales, en el ámbito del Ministerio de Salud, en coordinación intersectorial con el Ministerio de Educación, con el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y que se inscribe en el marco de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer” y la Convención sobre los Derechos del Niño¨...


La violencia sexual es un fenómeno que afecta a las mujeres, niños y niñas de distintas edades, condiciones de vida y en todos los países del mundo. Tiene consecuencias muy graves para las personas agredidas, para sus familias y para la comunidad en general. Es necesario responder al desafío de su prevención y erradicación y trabajar en la reparación de las personas afectadas a través de medidas integrales y humanizadoras.


Nivio explicó que Respecto a la magnitud en Argentina del problema, el Sistema Nacional de Información Criminal, implementado por la Dirección Nacional de Política Criminal, ha registrado durante el año 2006 a nivel nacional 10.965 denuncias por casos de delitos sexuales efectuadas ante las fuerzas de seguridad. Es decir que, se denuncian cerca de 30 hechos de este tipo por día en todo el país. Pero cabe destacar que las denuncias y consultas sólo dan cuenta de una mínima parte de las violaciones o abusos sexuales, ya que muchas víctimas se abstienen de denunciar o de pedir ayuda institucional por temor a sufrir incomprensión y descreimiento.


Consultado acerca del proyecto, Nivio explicó que la violación es un ataque al cuerpo, a la sexualidad, a la persona, en su integridad, dignidad y libertad y que las víctimas de delitos sexuales ven vulnerados sus derechos humanos básicos como aquellos referidos a la integridad psicofísica, a la intimidad, a la libertad sexual, a la seguridad y a la autodeterminación. Las consecuencias físicas pueden ser muy graves como un embarazo no deseado o el contagio de VIH-SIDA u otras enfermedades de transmisión sexual y sentimientos e humillación, vergüenza, culpabilidad, temor, que reducen la autonomía y limitan su desarrollo personal. Esta violencia es el acto de discriminación más cruel que se ejerce desde hace siglos producto de estructuras sociales históricas de dominación/ subordinación entre los sexos, y que se ha perpetuado y tolerado a través el tiempo.


En sus objetivos –nos dice Nivio- el Programa plantea:
a) garantizar el respeto, protección y ejercicio de los derechos humanos a las víctimas de delitos contra la integridad sexual.
b) Implementar servicios integrales, específicos, expeditivos, accesibles y gratuitos para la asistencia médica, psicológica, social y jurídica a las personas víctimas de delitos contra la integridad sexual.
c) Promover la coordinación intersectorial para la implementación de acciones destinadas a la prevención, la asistencia y la rehabilitación de las personas que sufren sus efectos.
d) Organizar campañas de concientización pública, a través de los medios de difusión masiva, para prevenir y evitar los delitos contra la integridad sexual.
e) Realizar campañas de divulgación, a través de los medios de difusión masiva, acerca de los efectos negativos personales y sociales de los delitos contra la integridad sexual y de los servicios de orientación y asistencia de que disponen las víctimas.
f) Disminuir la morbilidad de las personas víctimas de delitos contra la integridad sexual.
g) Prevenir embarazos y enfermedades de transmisión sexual y de VIH/SIDA, asegurando las prestaciones de emergencia.
h) Arbitrar procedimientos que eviten la revictimización derivada de estudios médicos sucesivos y de la substanciación de actuaciones judiciales.
i) Sensibilizar y capacitar, incluyendo la perspectiva de género, al personal de las fuerzas de seguridad, de salud, de educación y de justicia para la prevención y asistencia de las víctimas de delitos contra la integridad sexual.
j) Promover la realización de actividades de estudio, investigación y divulgación vinculadas con los delitos contra la integridad sexual y sobre la violencia de género.
k) Estandarizar metodologías para la recolección de datos científicos, que permitan realizar un diagnóstico de la magnitud del problema, así como el seguimiento del presente programa.
l) Garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación y a las prestaciones de los servicios del presente Programa.
m) Implementar medidas conducentes a evitar este tipo de delitos y la reincidencia de los mismos, mediante adecuados procedimientos preventivos y tratamientos correctivos de carácter psicológicos durante y con posterioridad al cumplimiento de las penas por parte de quienes cometan delitos contra la integridad sexual.


Por sus graves consecuencias físicas y psicológicas, la violencia en general y, en particular, la ejercida contra la integridad sexual de las personas es un problema de salud pública. Es el sector salud el que debe dar una respuesta integral que recomponga el bienestar emocional, mental y físico de las víctimas de delitos sexuales. Pero no es sólo un problema de salud ya que tiene otras dimensiones: sociales, legales, económicas, etc., por lo tanto se debe realizar un abordaje integral en el marco de un programa intersectorial que involucre el rol activo de otros Ministerios, lo cual es bordado por la ley presentada incluyendo la creación de un Consejo Provincial en Defensa de las Víctimas de delitos contra la Integridad Sexual.


Por otra parte – agrega Nivio- esta Ley está sustentada y enmarcada con numerosos antecedentes como programas específicos de asistencia a víctimas de delitos sexuales y de prevención a los mismos en distintas ciudades del país; y declaraciones y especificaciones de la ONU, de la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará), aprobada por la Asamblea General de la OEA, de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer de N.U. y también en el Informe Mundial sobre la Violencia y la Salud redactado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), en él se expone claramente la magnitud del problema: según este informe el 20% de mujeres y entre un 5 y 10% de los hombres, afirma haber sido víctima de abusos sexuales en su infancia y emitió el Proyecto de resolución con sus recomendaciones.


Explica el legislador que las investigaciones realizadas indican que la violencia es sufrida fundamentalmente por las mujeres y sus raíces se encuentran en el proceso socializador que ha adjudicado a las mujeres un papel secundario en la sociedad. La violencia sexual contra niñas y niños es aún más difícil de cuantificar, al igual que en los adolescentes, pues gran parte de los delitos ocurre al interior de los hogares y en una abrumadora mayoría los perpetradores son miembros de la familia o conocidos cercanos. Se estima que entre el 40 y el 60% de los casos de abuso sexual ocurre en mujeres menores de 16 años. La agresión sexual es el único delito cuya prueba requiere no sólo investigar los hechos sino la exposición pública de la historia íntima, pasada y presente de la mujer que sufrió el daño.


Termina diciendo Carlos Nivio que avanzar en una ley que defienda contenga y trate a las mujeres violadas es un paso trascendental. Modificar las injusticias y las prácticas discriminatorias y denigrantes enquistados en las instituciones, es necesario para equilibrar la igualdad de derechos entre mujeres y varones y respetar los derechos humanos. Y que por ello el presente proyecto de ley tiene como principal objetivo brindar a toda aquella persona que ha sido víctima de un hecho delictivo de índole sexual, la asistencia integral a los efectos de abordar de la manera más adecuada el tratamiento de la problemática en estudio en sus diferentes niveles. La especificidad, la accesibilidad y la gratuidad de los servicios a los cuales acudir en los casos en estudio son de fundamental importancia ya que es una problemática que requiere una atención expeditiva (en el momento de la demanda) e integral (de los distintos aspectos involucrados). Todo ello a través de la implementación de un sistema interdisciplinario e intersectorial que trate la problemática en estudio.



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