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18/09/2008
Venta de Alcohol

Duplican penas por no acatar las normativas vigentes


El Poder Ejecutivo pautó penas aún más severas para quienes no respeten las normas vigentes, en forma independiente de que tengan o no licencia...


La Ley 13.857, promulgada el viernes por el gobernador Daniel Scioli y publicada en el Boletín Oficial, modifica el artículo referente a las sanciones y eleva las multas en un cien por ciento. Asimismo, dispone que quienes comercialicen bebidas alcohólicas sin licencia del REBA pagarán multas de entre 60 mil y 1 millón de pesos, cuando eran de 30 mil a 500 mil pesos, y serán inhabilitados para gestionar una licencia por el término de diez años.


También eleva al doble las penas para quienes «suministren, expendan, exhiban o distribuyan bebidas alcohólicas en kioscos, kioscos polirrubros, estaciones de servicio y venta ambulante».
Los nuevos valores de estas multas van de 2 mil a 200 mil pesos, cuando eran de 1.000 a 100 mil, y clausuras de entre 10 y 360 días, que estaban fijadas de 5 a 180 días.


Una penalización económica similar se aplicará «a quienes efectúen concursos y/o competencias cuyo objeto, medio o fin sea el consumo de bebidas alcohólicas» y para quienes las vendan en los lugares donde se efectúen espectáculos o eventos de convocatoria masiva, «una hora antes y hasta una hora después del horario de desarrollo del mismo».


La normas que regulan en la provincia la venta de bebidas alcohólicas se comenzaron a aplicar en 2005 cuando los comercios dedicados a ese rubro debieron inscribirse en un registro provincial, obtener una licencia aprobatoria de expendio que se debe actualizar año a año, y pagar un canon para poder vender bebidas alcohólicas.(HOY)



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