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11/04/2008
LEY SOBRE TRATA DE PERSONAS

LA DIPUTADA DE LA NACIÓN NORA CÉSAR INICIÓ EL EXTENSO DEBATE


noracesar-110408 (42k image)AYER, EN EL RECINTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN, LA LEGISLADORA NORA CÉSAR, PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN PENAL, DIO COMIENZO AL EXTENSO DEBATE QUE CULMINÓ CON LA APROBACIÓN –POR 157 VOTOS AFIRMATIVOS, 35 NEGATIVOS Y 6 ABSTENCIONES- DE LA LEY SOBRE TRATA DE PERSONAS...


LA INICIATIVA HABÍA SIDO APROBADA POR UNANIMIDAD EN EL SENADO, EN 2006, Y FUE DISCUTIDA EN COMISIONES DE AMBAS CÁMARAS DURANTE CASI DOS AÑOS.
EL PROTOCOLO DE PALERMO, SUSCRIPTO POR LA ARGENTINA, CUENTA CON LA ADHESIÓN DE 140 PAÍSES.


La Diputada Nora César (Frente para la Victoria – Buenos Aires) inició su exposición destacando que “tanto el ex presidente Kirchner como la Dra. Cristina Fernández, nuestra presidenta, y nosotros, desde que somos gobierno, nos hemos puesto en la titánica tarea de reivindicar los derechos humanos. Por supuesto que tanto el ex Presidente como la Presidenta no se han quedado sólo en lo discursivo, sino que se han venido tomando medidas concretas en pos de la reivindicación de los derechos humanos. Nos hemos transformado, entonces, en una Nación respetuosa de estos derechos”.

“Espero que a partir de aquí –prosiguió la legisladora Nora César- podamos contar con una ley que no será perfecta –es algo que puedo reconocer pero que evidentemente constituye un fuerte paso en la persecución de este aberrante delito. Todos los argentinos queremos desterrar este delito y por ello necesitamos que esta ley se sancione. Por otra parte, tendríamos que preguntarnos por qué debemos contar con una ley de trata. La Argentina ha asumido compromisos internacionales y uno de ellos se vincula con la suscripción del Protocolo de Palermo”.

“Otra de las razones por las que debemos tener una ley de trata –continuó la Diputada Nora César- es porque estamos ante un delito aberrante, y que según los escasos datos existentes habría diez millones de víctimas. Otros señalan que sólo en América latina y el Caribe hay un millón de personas que son víctimas de este delito que afecta a niños, niñas y mujeres adultas”.

“En cuanto a los aspectos más significativos de la referida iniciativa, la Presidenta de la Comisión de Legislación Penal señaló que “dentro del Código Penal están tipificados los delitos contra la integridad sexual; es decir que no es cierto que en nuestro país no haya legislación alguna que reprima este tipo de conducta. De cualquier manera, el proyecto en tratamiento es mucho más amplio y bastante más abarcativo, porque no sólo se refiere a la trata de mujeres sino también a la trata de niños, al trabajo forzado y a la extracción de órganos. En los artículos 2° y 3° del proyecto se define la trata. Aquí es donde algunos quieren ver alguna diferencia entre la trata de mayores y la de menores.


El proyecto dice, respecto de la trata de mayores, que se entiende por tal la captación, el transporte y/o traslado ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior , la acogida o la recepción de personas mayores, con fines de explotación, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza, o cualquier medio de intimidación o coerción, o abuso de autoridad. En estos casos, la voluntad siempre va a estar viciada; ni cuando se es mayor ni cuando se es menor, la voluntad es tenida en cuenta.


Mediante la incorporación del Código Penal del artículo 145 bis se establece una pena de 3 a 6 años de prisión para los tratantes, en caso de que se configure la captación, el transporte, el traslado de la víctima. Como el resto de las figuras penales siguen vigentes en nuestro sistema, si se configura la trata, la explotación sexual, la extracción de órganos, el sometimiento a trabajo infantil, nuestro ordenamiento interno determina, entonces, que habrá concurso real. Digo esto para aquellos que piensan que el delito de trata sólo se está castigando con prisión de 3 a 6 años”.

“Otra cuestión que quiero resaltar tiene que ver con la inclusión de ambos tipos penales dentro del artículo 33 del Código Procesal Penal de la Nación. Me refiero a que la justicia federal entienda en estas causas. Esto es algo muy importante dentro de este proyecto porque hasta ahora, cuando el delito es cometido en una jurisdicción, la explotación puede tener lugar en otra distinta. O sea que si el juez actuante determina la persecución de un delito, lo puede hacer sólo en su jurisdicción y no puede adentrarse en otras provincias, por este principio de que cada una tiene su propia legislación y sus propios jueces. Cuando esta cuestión pase a tener carácter federal el delito se va a poder perseguir en cualquier jurisdicción”.

Por último, la legisladora Nora César destacó que con esta ley: “podremos ir trabajando y profundizando este tema tan serio que nos ocupa a todos los argentinos en general y a las mujeres en particular. Consideramos que es un paso más que se da en este recinto para llevar a cabo políticas que está promoviendo el Estado”.



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