PAGINA PRINCIPAL TAPA PAPEL CONSULTAR ARCHIVOS POR FECHA AVISOS FUNEBRES CONTACTESE

Enviar Artículo a un amigo  
Imprimir Artículo IMPRIMIR ESTE ARTICULO

07/02/2008
IOMA

Ajustes en Convenios


El director del Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), Javier Mouriño, analizó los convenios médicos en la provincia de Buenos Aires y si bien afirmó que “todavía están vigentes los que se firmaron el año pasado”, advirtió que habrá una discusión de los aranceles una vez que se realicen las paritarias...


“Todos los colegios y círculos esperan la recomposición salarial que, luego de la paritaria del 12 de febrero, seguramente se dará en el salario de los trabajadores”, dijo Mouriño en declaraciones radialeles.


A partir de ello, “tendremos una discusión por los nuevos aranceles que los colegios le pedirán al IOMA”, indicó.El funcionario aseguró que “todos los prestadores, sean profesionales o clínicas o proveedores de medicamentos, saben que el único ingreso es el salario de los trabajadores, y por ende, en la medida que haya mejoras podremos actualizar los aranceles”. No obstante, el titular del IOMA aclaró: “Vamos a actualizar el arancel de los profesionales con los propios ingresos del instituto y no necesariamente va a impactar en el bolsillo del trabajador”.


Amplia cobertura de IOMA


Por iniciativa del directorio del Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), la cámara de Diputados bonaerense modificó varios artículos de la ley 6.982, extendiendo el beneficio prestacional a todos aquellos hijos o nietos de los afiliados a la entidad hasta los 21 años.


A partir de esa edad y hasta los 26 años inclusive podrán continuar con la cobertura al presentar certificado de alumno regular de establecimientos terciario, universitario o secundario (oficial o incorporado).


En el régimen hasta ahora vigente la afiliación de los menores de edad sólo resultaba posible hasta los 18 años. A partir de dicha edad, podía extenderse hasta los 26 años con un certificado de estudios.Hasta la modificación actual, si los hijos a cargo del titular del beneficio no cursaban estudios o padecían una discapacidad, podían continuar afiliados como voluntarios o también como indirectos, pero dependientes de un afiliado obligatorio directo, abonando para ello una cuota adicional.


Ahora se implementará lo siguiente: los hijos estarán a cargo hasta los 21 años; para hijos estudiantes, la edad mínima de ingreso pasa de 18 a 21 años; para hijos discapacitados la edad de alta pasa a ser de 21 años; para hijastros o hijos de pareja conviviente a cargo actualmente vencen a los 18 años, la edad tope pasa a 21 años; para los hijos menores de edad tenencia, guarda, tutela (Art.19 Inc G), el vencimiento pasa de 18 a 21 años; para nietos, el vencimiento que actualmente es el de su madre, pasa a ser de menor de 27 años a menor de 21 años y es tanto para padre o madre.


VOLVER A PAGINA ANTERIOR




Home | Tapa | Archivos | Fúnebres | Consultas
© Semanario Colón Doce - Todos los Derechos Reservados