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30/01/2008
Caballos bonaerenses

Tendrán que tener documento para comercializarce


El ministerio de Asuntos Agrarios y Producción bonaerense reglamentó una ley sancionada en el 2006, que exige que los equinos que se comercialicen en la provincia, deberán contar con su propio "documento de identidad" que registra las características físicas del animal incluidas fotos de ambos perfiles y un microchips de aplicación subcutánea...


El Documento Único Equino (DUE), según la reglamentación publicada en el Boletín Oficial, “constituirá un sistema de identificación, de control sanitario y de contralor en el traslado” en reemplazo de las históricas marcas a fuego e incluirá a todos equinos “ en forma individual, única, inviolable y auditable”.


Su expedición, exigible en toda comercialización y traslado, estará a cargo de las oficinas de Guías Municipales que requerirá de su actual propietario el certificado de adquisición y las firmas autorizadas para remates feria podrán suscribir la documentación necesaria en toda venta de equinos.


Los datos recogidos en el DUE serán volcados en un microchip que se colocará en el animal, “ dispositivos pasivos de radiofrecuencia, sin baterías, de larga duración y seguros para animales y seres humanos”, que se aplicarán en forma subcutánea o intramuscular.


Las hojas interiores del documento serán similares a la de los DNI “ con papel de emisión controlada de alta seguridad y codificadas con un caracter alfabético y seis dígitos, con numeración perforante el margen superior del DUE”.


El Documento Único Equino registrará las características físicas del animal (por escrito y dibujadas); fotos de ambos perfiles, con un lugar para colocar el troquel con el código del microchip y una filmina inviolable que los cubra.


También contará con espacios para anotar datos del propietario y del médico veterinario actuante; transferencias de propiedad; anotaciones sanitarias e intervenciones veterinarias; registro de envío a faena y bajas por muerte


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