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03/07/2007
Diputada Nora Cesar

La reglamentación del derecho de rectificación


La Diputada de la Nación, Dra. Nora César (Frente para la Victoria – Buenos Aires) destacó en la conferencia que brindó en el Colegio de Abogados de La Plata ante un auditorio colmado que “la realización del Proyecto de Ley sobre Derecho de Rectificación o Respuesta demandó varios meses de estudio y de trabajo”...



Puntualizó que “siempre, ante una legislación de este tipo, suelen haber diferentes opiniones al respecto, y la prueba es que de la gran cantidad de proyectos sobre el tema que se presentaron anteriormente, sólo uno tuvo sanción en el Senado, pero ninguno ha podido llegar a convertirse en ley”.


Respecto del Proyecto de su autoría, La Diputada Nora César resaltó que el Presidente de la Comisión de Comunicaciones e Informática de la Honorable Cámara de Diputados, Osvaldo Nemirovsci, “nos prometió el tratamiento de esta iniciativa, así que esperamos el acompañamiento del resto de los bloques para poder arribar a que se sancione este Proyecto de Ley”.


“La prensa es absolutamente necesaria –destacó la legisladora- y no nos olvidemos que ha colaborado para resolver muchas cuestiones muy duras, que tal vez sin la intervención de la prensa no hubiera sido posible resolver.


Muchas veces la tarea de los periodistas es loable, pero, por ejemplo, en estos días hemos visto algunas imágenes vinculadas con el asesinato de Río Cuarto que han lesionado moralmente no solamente a la familia de Nora Dalmasso, sino a todos los que estábamos viendo esas imágenes.


Ese material no aporta absolutamente nada al esclarecimiento de la causa, y a veces los canales, por un punto de rating, no miden las consecuencias que esto puede acarrear para los familiares y para todos los televidentes”.


En cuanto al Proyecto de Ley 1909, la Diputada Nora César señaló que “prevé la reglamentación del Derecho de Rectificación o Respuesta por el cual toda persona pueda rectificar una información errónea o inexacta, que la aluda y cuya divulgación le cause perjuicio, por el mismo medio de comunicación y con similares características de espacio, tipografía o diagramación en los medios gráficos, o de tiempo y horario en los medios radiales y televisivos”.


Agregó, además, que “se podrá ejercer dentro de los diez días corridos, siguientes al de la difusión de la información que se quiere rectificar, y que el responsable del medio de comunicación deberá publicar o difundir íntegramente la rectificación dentro de los tres días siguientes al de su recepción”.


Aclaró también que “este Proyecto está hecho para todos los ciudadanos que se sientan aludidos o perjudicados por una información inexacta y agraviante, y por lo tanto el ejercicio de este derecho debe ser gratuito, en tanto la rectificación no exceda la extensión de la información que dio lugar al ejercicio de este derecho”.


La legisladora señaló que “si el medio de comunicación se negara a publicar la rectificación, la persona afectada podrá hacer su reclamo ante la Justicia dentro de los treinta días hábiles siguientes”, y puntualizó que “este Proyecto no desplaza las acciones civiles o penales que pudieran corresponder”.


Con respecto a la obligación de publicar la rectificación por parte del medio que difundió originalmente la información, la Diputada Nora César planteó que “el año pasado, mi hermana que es periodista, le hizo la última entrevista a una muchacha campesina que denunció a un legislador provincial en Salta diciendo que era narcotraficante. A los veinte días a la chica la mataron. Los medios a los que nosotros acudimos no le dieron la importancia que debieron darle a la información, y otros medios tomaron la noticia erróneamente y decían que la chica era empresaria.


La chica era campesina, muy pobre, profesora de educación física, pero la querían hacer aparecer como empresaria, y no pudimos rectificar en ningún momento lo que el medio decía. Ese medio no solamente la presentaba como empresaria, sino que dejaba abierta la puerta para que la gente pensara que ella también estaba vinculada al narcotráfico, cuando no era cierto”.


La legisladora precisó que el Proyecto de Ley de su autoría “es una garantía para los periodistas porque no afecta las opiniones, sino exclusivamente a las informaciones inexactas y agraviantes”, y también destacó que “están previstas las garantías suficientes para que la gente no solicite rectificaciones masivas por cualquier cosa y en cualquier oportunidad”.


En este sentido, la Diputada Nora César detalló que el Derecho de Rectificación o Respuesta no será procedente cuando “el texto fuese contrario a la moral u orden público, pueda implicar un agravio a terceros, se refiera a avisos publicitarios, contenga referencias ajenas al punto de discusión, se haga en un idioma diferente, se trate de opiniones o apreciaciones subjetivas, o cuando existió la ocasión de rectificar inmediatamente la información y no se hizo”.


La legisladora abogó por “la reglamentación razonable de este derecho”, y aclaró que “restringir no significa lo mismo que reglamentar”.
Destacó también que “nuestro país asumió compromisos internacionales que no se han cumplido”, en referencia a la ratificación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, cuyo artículo 14 consagra el Derecho de Rectificación o Respuesta.


Además, citó las provincias argentinas (Chubut, Formosa, Neuquén, La Pampa, Santa Fe, Catamarca, Jujuy, Salta, San Juan, Santiago del Estero) que incorporaron el referido derecho a sus respectivas constituciones, y puso de relieve que “la Argentina es el único país del MERCOSUR que no tiene reglamentado el Derecho de Rectificación o Respuesta”. Asimismo, destacó que la gran mayoría de los países de Europa y América han reglamentado este derecho, y que “sólo resta que nosotros nos pongamos de acuerdo para que podamos tener también una legislación adecuada en esta materia”.


A su turno, el Juez Federal Dr. Adolfo Ziulu desarrolló un pormenorizado detalle de los antecedentes en la Argentina respecto del Derecho de Rectificación o Respuesta y citó los fallos de la Corte Suprema de Justicia en tal sentido. Por su parte, la Directora del Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones Dra. Teresa Gareis, reflejó casos específicos tanto de nuestro país como de naciones extranjeras, para asegurar la necesidad de reglamentar este derecho en la Argentina. El moderador de la conferencia fue el Dr. Juan Carlos De Marco.


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