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14/06/2007
Ley bonaerense

Cartel por redondeo deberá ser exhibido


Según un proyecto de ley que ya tiene media sanción de Diputados, los comercios deberán exhibir un letrero en el que se informe acerca de las reglas del redondeo que favorecerá a los clientes...


El cartel informativo deberá incluir los teléfonos de las oficinas de defensa del consumidor (provinciales o municipales) para denunciar eventuales infracciones a esta normativa. Se trata de una adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 25.954 conocida como de «redondeo».


Pero también es un refuerzo para garantizar el cumplimiento efectivo en todo el territorio. Esa disposición establece que «en todos los casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a los cinco (5) centavos y fuera imposible la entrega del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor. Toda empresa dedicada a la comercialización de bienes o servicios estará obligada a colocar un cartel con esa leyenda en un lugar visible.


El proyecto -redactado por el diputado provincial Carlos Bonicato (FPV)- fue aprobado en Diputados y aceptado con modificaciones en la última sesión del Senado. La iniciativa contempla severas sanciones para los infractores. Se prevén multas de hasta 10 mil pesos para los comerciantes que no muestren la leyenda cerca de las cajas. Y además establece la posibilidad de la clausura del local en caso de reincidencia.


Según explicaron en la Legislatura, en muchos casos las cadenas de supermercados o los kioscos ofrecen algún producto de bajo costo para completar el cobro de una compra cuando no tienen monedas de baja denominación. «Ahora, el consumidor podrá negarse a recibir ese canje y exigir el redondeo hacia abajo», señalaron. También avanzó una propuesta para obligar a los supermercados a exhibir de manera clara y por unidad de medida los precios de los producto


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