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09/11/2006
Tribunal de Cuentas

Fuertes multas a funcionarios municipales


municipalidad_101106 (20k image)El Tribunal de Cuentas multó al Intendente Ricardo Casi, en $54.689,44 al contador Diego Rodríguez en $42.005,19 y a María Mercedes Errasti en $12.684,25...


La presentación del Ejercicio del 2004 y su aprobación por el Tribunal de Cuentas trajo aparejado un dolor de cabeza mayúsculo para funcionarios locales que deberán pagar de su patrimonio fuertes multas impuestas por el organismo contralor. Las personas que intervinieron en el análisis del presupuesto colonense son tres relatores y cuatro agentes Técnicos o Administrativos.


El Delegado y los Relatores son contadores públicos y acceden al cargo por concurso. También tienen responsabilidad sobre los partidos de Baradero, Bartolomé Mitre, Campana, Capitán Sarmiento, Carmen de Areco, Pergamino, Ramallo, San Antonio de Areco, San Nicolás, San Pedro y Zárate. La delegación del Tribunal de Cuentas tiene sede en Zárate.


Las multas

En el Concejo Deliberante fue multado Julio Bauer por aprobar con retraso el Presupuesto 2004. Al momento de recibir la sanción de 600 pesos era Presidente del organismo legislativo.
En tanto el intendente Ricardo Casi tuvo dos sanciones. La primera multa es de $1759.58 y la segunda es de $54.6898.44.
También en solidaridad deberá responder el contador Diego Miguel Rodríguez hasta el importe de $42.005.19 y en solidaridad la Sra. María Mercedes Errasti deberá abonar una multa de $12.684,25.


El porque


En resumen, y para que sea entendido, la multa del Tribunal de Cuentas se debió a que la Comuna de Colón pagó un beneficio a personal contratado que no estaba permitido por la normativa del presupuesto.


Concretamente, durante el ejercicio 2004, a través de las Ordenes de Pago N° 600, 1327, 2168, 2949, 3677, 4713, 5515, 6439, 7074, 7918, 9087 y 10052 por un importe global de $52.634,38, la Municipalidad de Colón abonó al personal temporario dos bonificaciones: “por tarea específica” y “por dedicación diferencial”.


La Relatoría de la Delegación Zona XVII formuló observación durante el período bajo estudio por haberse infringido el artículo 98 inciso 1) de la Ley 11757, con los alcances previstos por los artículos 241/244 de la Ley Orgánica Municipal. Las autoridades comunales no variaron su actitud hasta el cierre.


La doctrina de este organismo de control ha sido clara, en el sentido de que la única bonificación que se puede liquidar en forma desagregada a los trabajadores temporarios es el presentismo, por su carácter no habitual y su naturaleza jurídica sujeta a la efectiva prestación del servicio. La retribución que perciben puede ser fijada en un importe equivalente al personal de planta permanente en idénticas condiciones laborales, procediendo el Intendente en su calidad de jefe de personal a través de la vía reglamentaria del escalafón y la nómina salarial, entiéndase incorporando estos adicionales al salario (artículos 108 de la Ley Orgánica Municipal y 104 de la Ley 11757).


En su respuesta de fs. 478, el Departamento Ejecutivo ofrece una particular interpretación sobre el tema, avizorando en caso de incorporar al sueldo básico las bonificaciones inconvenientes futuros de parte de los trabajadores temporarios que se incorporaran a planta permanente, por la reducción de uno de los componentes de sus retribuciones. Sin embargo, esta circunstancia se vería neutralizada por el acceso al resto de las bonificaciones a que tiene derecho el personal fijo.


Además, en el descargo conjunto, se pone en conocimiento que con fecha 13-10-04 el Contador Municipal, ante la observación formulada por la Delegación zonal, elevó Nota al Intendente solicitando la regularización conforme a la doctrina de este organismo de control.


Sin embargo, esta instancia no suple la necesaria intervención en las Ordenes de Pago que ordenen gastos infringiendo disposiciones reglamentarias, según lo ordena el artículo 186 de la Ley Orgánica Municipal, por lo que su responsabilidad no queda salvada.
Los multados tendrán un plazo de 15 días para proceder a ser depositados el importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.


El funcionario municipal puede apelar la medida del organismo contralor, pero de no depositar, luego el dinero el Tribunal de Cuentas podrá dar intervención al Fiscal de Estado para promover las acciones pertinentes y previstas en la Constitución provincial.


Otras multas


En el Ejercicio 2005 se esperarían otras multas. Sin embargo, el Tribunal de Cuentas ya multó al contador Raúl Casi y al ex intendente Carlos Mazzieri en cerca de 80 mil pesos la medida fue apelada y se espera la sanción definitiva.
La sanción obligó el 10 de diciembre a una ardua discusión entre el bloque del oficialismo y el AMIC para determinar si correspondía la asunción del Concejal Raúl Casi.


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