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19/10/2006
Ley Antitabaco

Chau pucho en la provincia de Buenos Aires


fumar-201006 (19k image) Luego de la reciente sanción de la Ley Antitabaco en la Ciudad de Buenos Aires, ahora la Provincia de Buenos Aires quiere sumarse a la prohibición total del cigarrillo en los espacios públicos y privados...


Datos oficiales indican que unas 40 mil personas mueren por causa del cigarrillo al año en la Argentina, donde existe el índice de fumadores más alto de América Latina.


En Colón existe una ordenanza que prohibe fumar en el ámbito municipal. Pero no se respeta. Sin embargo el “chau al pucho” Provincial está contenido en un proyecto de Ley presentado por el presidente de la Comisión de Salud del Senado, Julio Sa- lemme. La iniciativa es radical: prohíbe fumar en todos los espacios cerrados con acceso público.


También ordena que se implementen campañas educativas a través de los medios de comunicación orientadas a fomentar nuevas generaciones de no fumadores. Salemme dijo a que “el consumo de tabaco es una de las principales causas de muerte en la provincia, donde por cada 12 casos de muerte por cáncer de pulmón, 11 corresponde a no fumadores”. El fundamento es, entonces, bastante claro.


La lista de lugares donde no podrá encenderse un cigarrillo más, impresiona por lo completa. Incluye centros de trabajo públicos y privados, salvo en los espacios al aire libre; centros o dependencias de la administración pública provincial, establecimientos sanitarios, escuelas, instalaciones deportivas donde se lleven a cabo espectáculos públicos que no sean al aire libre.


Como en la disposición porteña, también prohíbe fumar centros comerciales, bares, restaurantes y hoteles, salvo en los lugares donde se habiliten zonas para fumadores, centros culturales como bibliotecas o museos, salas de fiesta donde haya menores de 18 años, establecimientos donde se vendan alimentos, cabinas telefónicas y cajeros automáticos. Y sólo permite habilitar zonas para fumadores en bares, hoteles y espectáculos cerrados cuando el sector esté señalizado.


Sanciones


La iniciativa postula que las comunas serán las responsables de velar por el cumplimiento de la ley como también de aplicar sanciones a través de los juzgados de faltas . Habrá multas para los fabricantes equivalentes al precio de entre 1000 y 10 mil etiquetas de cigarrillos de la de mayor valor de mercado y clausura de la fábrica de 10 a 30 días. Y los consumidores particulares serán pasible de multas de hasta 100 etiquetas de cigarrillos y la falta de pago de multas será exigida por vía de ejecución fiscal.


Entre los argumentos de la iniciativa se indica que la incorporación de la mujer al tabaquismo ha producido un fuerte aumento de casos de cáncer de pulmón, que en algunos casos ha desplazado al cáncer de mama. Además, el tabaquismo es la principal causa de Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (Epoc), ya que produce enfisema y bronquitis crónica, en estos dos últimos casos la mortalidad entre los fumadores es seis veces mayor que en la gente que no tiene el hábito.


No son los únicos daños que poroduce el tabaco: los hijos de mujeres fumadoras pasivas o activas pesan hasta 430 gramos menos en promedio al nacer. Además los lactantes hijos de fumadoras tienen más riesgo de muerte súbita.


En la provincia aproximadamente el 30 por ciento de los habitantes fuma y la edad promedio de inició son los 12 años.


Otra Iniciativa

En la provincia tiene media sanción un proyecto que se propone erradicar a los fumadores de las oficinas de atención al público de los tres poderes del Estado. La iniciativa, menos abarcativa que la presentada por el presidente de la Comisión de Salud, ya fue aprobada en el Senado y espera tratamiento en la Cámara de Diputados provincial, también prohíbe la promoción de golosinas, juguetes u otros artículos que simulen ser cigarrillos.


El proyecto fue elaborado por el senador bonaerense José Eseverri (FpV) y, en rigor, fue aprobado en el Senado en abril de 2005, pero ahora cobró nueva vitalidad y podría convertirse en ley en los próximos días.

Establece para el territorio provincial «la prohibición de fumar en los ámbitos cerrados y en los de atención al público, cualquiera fuere su naturaleza, dependientes del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, entes autárquicos descentralizados, mixtos, organismos de la Constitución y Banco de la Provincia de Buenos Aires».


También prohíbe el auspicio de marcas de cigarrillos en eventos realizados o promovidos por la administración pública provincial y «la promoción y publicidad de alimentos, juguetes o artículos de computación que tengan una presentación similar al tabaco».


IOMA SIN HUMO


El IOMA se lanzó la campaña “Viví sin tabaco” que tiene como objetivo principal, garantizar la seguridad de todos, frente a la exposición al humo indirecto.
Con la prohibición de fumar, se lograrán beneficios para la salud tanto de empleados como de afiliados, por lo que se espera que el respeto a ésta sea total. Si usted debe concurrir a alguna dependencia de IOMA, recuerde que se está trabajando para lograr una Institución Libre De humo, gracias por su colaboración.


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