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29/09/2006
Regulan comercio de metales

Deberán tener libro rubricado por comisaría local


Es para evitar el hurto de cables y otros elementos de valor que se viene detectando en la provincia de Buenos Aires con graves perjuicios económicos...


La Legislatura de la provincia de Buenos Aires aprobó un proyecto de Ley impulsado por el Ministerio de Seguridad que regula las actividades sobre lugares que realizan la comercialización de los metales no ferrosos tales como desarmaderos, chatarrerías y depósitos. Dichos comercios, deberán llevar un libro rubricado por el titular de la comisaría local, además de presentar la documentación habilitante.


Por otra parte, los comercios regulados deberán presentar recibos oficiales de las operaciones de compra y venta realizadas, además de los certificados de inscripción en la AFIP y el DPR (Dirección Provincial de Rentas).


Quedan exceptuadas las compañías mineras explotadoras de yacimientos minerales no ferrosos y productoras primarias de estos minerales.


De acuerdo a lo establecido, se entiende por “metales no ferrosos” a todos los metales que no son hierro y a sus aleaciones donde éste es componente principal, como cobre, estaño, plomo, níquel, cobalto, las aleaciones aluminio-cobre, aluminio-manganeso, aluminio-silicio, aluminio-magnesio-silicio, aluminio-zinc y bronces de estaño, entre otros.


Esta Ley prevé la clausura de los locales que no cumplan con la reglamentación hasta tanto acrediten el cumplimiento de las exigencias. La sanción será dispuesta por el Ministerio de Seguridad o el intendente Municipal del distrito al que corresponda.

Para el mejor control de estas medidas, se creará el Registro de Control de Comercios Vinculados a la Comercialización e Industrialización de Metales No Ferrosos y otros, dependencia que funcionará en el ámbito de la cartera de Seguridad. Desde allí se informará a los titulares de las Jefaturas Departamentales de Seguridad y Delegaciones Departamentales de Investigación Judicial las inscripciones realizadas y se emitirán los certificados de inscripción.


Los controles sobre los comercios regulados estarán a cargo de la comisaría jurisdiccional y no deberán transcurrir entre cada inspección un plazo mayor a veinte días.

Con esta Ley se prevendrá, entre otros delitos, el robo de cables, hecho que provoca serios inconvenientes en la prestación de servicios públicos esenciales como la electricidad, la telefonía, el gas y el transporte ferroviario.



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