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07/09/2006
Caso Stracio

Concilian Municipalidad y médico denunciado


hospital_colon-080906 (21k image)La Municipalidad de Colón concilió con el médico acusado en el caso de la muerte de Sebastián Stracio, ocurrida el 23 de enero de 2004...


El acto de conciliación se llevó adelante con la mediadora Claudia Pérez Bisio. El acta fue rubricada por el entonces apoderado legal, Carlos Laplacette y el médico Carlos Pirovani.
La causa era llevada adelante por la comuna local, y estaba caratulada “Pirovani, Carlos S/ violación de los deberes de funcionario público público-amenazas” y se tramitaba en la Unidad Funcional Nº 2 de la justicia Pergaminense.


La audiencia de conciliación en la causa judicial I.P.P 35062 se dispone bajo el amparo de la Ley 12061 que señala “ El Ministerio Público propiciará y promoverá la utilización de todos los mecanismos de mediación y conciliación que permitan la solución pacifica de los conflictos”.
El punto 1 dice: “ El Dr. Carlos José Laplacete, en el carácter invocado y acreditado, manifiesta la intención de su mandante de no continuar con la causa penal.


En tanto el punto 2 indica: “El Dr. Laplacette continua diciendo que no significa errogarse ningún tipo de representación de otras personas que pueden haber resultado perjudicadas por el hecho que se investiga...” y en el último punto indica “ La aceptación del acuerdo por parte del imputado no significará reconocimiento de culpabilidad ni en término civiles ni penales”.
El escrito establece que la municipalidad de Colón concilia en la causa judicial y deja de litigar contra el médico acusado.

La causa


En las primeras horas el 22 de enero, Sebastián Stracio había ido a visitar a su novia. Siendo las tres de la madrugada regresaba a su domicilio en calle 25 entre 52 y 53, cuando sufrió un accidente en cercanías de calle 24 y 54.


La víctima se había caído y la moto en que se trasladaba estaba sobre su cuerpo.
El joven todavía lucido y es acompañado al Hospital Municipal en una ambulancia por su madre que enterada de la situación llegó al lugar del incidente.
La médica de guardia llama a las 3.30, al Dr. Pirovani. El llamado fue repetido tres o cuatro veces. Siendo las 6.15, Pirovani se habría presentado al nosocomio. Se ordena una tomografía computada que se habría realizado a las 7.30.


Stracio debido a la gravedad del cuadro es trasladado al Hospital San José de Pergamino. El accidentado ingresa en estado de coma y muere el viernes 30 de enero.
La planilla adjuntada a la causa judicial indica: “que la médica de guardia diagnostica, tendencia al sueño, pérdida de la memoria re- ciente....presenta vómitos primero alimentos, luego sanguinolentos, luego bilioso”. Los pasos seguidos por la médica de guardia son los siguiebntes:
4.00: Se comunica (telefóni- camente) con el Dr. Pirovani quien indica HP dextrosa al 5 por ciento y 21 gotas de ketoralac, decadrón...


4.30: Se comunica telefóni camente con el Dr. Pirovani que el paciente presenta vómitos sanguinolentos, sugiere control y evaluar necesidad de TAC05.45: Se comunica tele fónicamente con el Dr. Pirovani que el paciente sigue con vómitos y dificultades para seguir la mirada, el médico se compromete a ir al Hospital Municipal.
El TAC tiene horario de realización a la 7.01, y el Dr. Pirovani habría llegado al Hospital Municipal entre 6.10 y 6.15.


En tanto sin hora y sin fecha se encuentra la evaluación de Pirovani al llegar al Hospital Municipal. La misma dice “colocar sonda nasogástrica...y por último dice pasa a terapia.”
A las 8.30 los médicos prescriben el trasladado al Hospital San José de Pergamino.


Los llamados


Según el registro de llamadas del viernes 23 de enero secuestrada en el Hospital Municipal quedó confirmada claramente el horario de los llamados telefónicos entre la médica de guardia y el Dr. Carlos Pirovani.
1-Hora 4.00: la realiza la médica de guardia desde el interno 22 del Hospital Municipal al teléfono 431 004 (número de Pirovani).
2- Hora 4.35 al teléfono 431 004, desde interno 22 del Hospital Municipal.
3-Hora 5.40, llamado de la médica de guardia desde interno 19 al 431004.


Junta médica


La causa judicial con la actuación de los médicos colonenses fue remitida a una Junta Médica en La Plata.
La misma habría dictaminado que no hubo mala praxis y que la víctima estuvo atendida por la médica de guardia del Hospital Municipal y además habría dicho que serían válidos medicamente los llamados telefónicos re- centando al joven que estaba en el nosocomio.
La familia habría recibido el dictamen en disconformidad y comenzaría un proceso de revisión de la causa judicial, pidiendo nuevos testimonios.


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