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22/09/2005
San Nicolas

Fiscalía Federal investigarán causas por desaparecidos


El Fiscal Federal de San Nicolás Patricio Murria solicitó a todos los Registros Civiles abrir sus registros.
También se investigara los Registros que se llevan en los cementerios de la provincia de Buenos Aires.


La Fiscalía Federal de San Nicolás solicitó a todos los registros civiles de su jurisdicción copias de las actas de defunción de cuerpos N.N. hallados en diferentes circunstancias durante el Proceso Militar.
Los medios nacionales anunciaban la certificación de los restos de Leonie Reneé Duquet, una de las dos monjas francesas secuestradas durante la dictadura. Habían sido hallados en el cementerio de Gral. Lavalle junto a otros siete esqueletos N.N. sepultados allí.


El trabajo técnico fue realizado por el Equipo Argentino de Antropología Forense, el mismo que trabajo sobre los huesos hallados en un arroyo de Pearsón y que no pudieron certificar su identidad. Los huesos correspondían a un hombre y una mujer.


Se supo que el Dr. Patricio Murray está trabajando en causas de personas desaparecidas en la última dictadura El fiscal Murray solicitó a todas las oficinas del Registro Civil de la jurisdicción de San Nicolás la remisión de copias de las actas de defunción de cuerpos N.N. que figuran durante la dictadura militar.
Entre las causas abiertas se encuentran las de cadáveres N.N. encontrados a las orillas del Río Paraná en cercanías de San Pedro. Los mismos estaban maniatados y con signos de haber sido torturados.
En este sentido se adelantó que se están estudiando los libros de Registros de Cementerios de la provincia de Buenos Aires.


Los casos que se estarían investigando en San Pedro son:
1º de Octubre de 1976


Se registra un N.N. bajo el diagnóstico “asfixia por sofocación”. Se trata de un cuerpo femenino y en el caso interviene la Prefectura Naval que constata que el cadáver fue hallado en el Río Paraná.
El acta descriptiva que acompaña la defunción, dice que: “en el Paraje Vuelta de Obligado, a los 28 días de Septiembre de 1976, siendo las dos y treinta horas, la instrucción se constituye a la altura del kilómetro 303 del Río Paraná, margen derecha, juntamente con (se mencionan dos empleados municipales), en calidad de testigos, a efectos de practicar una inspección ocular del cadáver hallado con el siguiente resultado: que se trata de una persona femenina, de unos 30 años de edad aproximadamente, de 1,70 metros de estatura, cuerpo mediano, cutis blanco, cabellos largos y abundantes color castaño, pómulos un tanto salientes, frente mediana, boca mediana; las particularidades de ojos y nariz no pueden ser determinados dado el irregular estado que presenta, cejas depiladas, dentadura completa, orejas medianas, llevando en las mismas colgando aros pequeños de diseño en forma de corazón de metal dorado, la occisa viste pantalón tipo vaquero color azul con cierre relámpago y botón de metal dorado con la siguiente inscripción: Levis Strauss..., camisa verde, mangas largas a cuadros blancos chicos con botones blancos, calzando botas caña corta de cuero gamuzado color marrón oscuro acordonados, medias zoquetes tipo “streecht” color bordó.


Presenta la cabeza vendada con gasas blancas de diez centímetros de ancho y sujeta a la cintura con doble vuelta de alambre de fardo que se prolonga desde adelante casi un metro. Verificadas las vestimentas, no se hallan documentos y objetos de ninguna especie. No se observa en apariencia golpes y/o lesiones visibles.
Se aclara que las uñas de los pies se hallan pintadas de color rosa fuerte. El cadáver en cuestión fue hallado sobre la costa, en el lugar en que se practica la inspección ocular. Se deja constancia que debido a la imposibilidad técnica de extraer lashuellas digitales por el estado de la epidermis, se procedió a seccionar las falanges de los diez dedos de las manos, a efectos de ser remitidos a la División Técnica de Investigaciones de Prefectura...”


4 de Octubre de 1976
Se asienta otro N.N. hallado en el Río Paraná, sexo masculino de un 1,75 metros de estatura, “cabellos pelirrojos, patillas anchas, desnudo, en total estado de descomposición...”. El causal de muerte se asienta como “asfixia por sofocación”, e interviene también la Prefectura. El acta descriptiva indica que: “a los dos días del mes de Octubre de 1976, siendo las horas 17,15, la instrucción se constituye en el puerto de San Pedro a efectos de efectuar una inspección ocular de un cadáver conducido al lugar por personal de esta dependencia embarcado a bordo de la lancha “LP-uno-seis-seis” y el que fuera hallado por el mismo en el Río Paraná, altura km. 304,500, sobre la costa margen derecha en circunstancias de hallarse patrullando la zona, hecho ocurrido a horas catorce, luego de haberse recibido una comunicación por parte de un vecino de Vuelta de Obligado.


La inspección ocular, realizada en presencia de los testigos (se mencionan dos empleados municipales sampe- drinos), arroja el siguiente resultado: se trata de un cadáver sexo masculino, de una edad que oscila en los treinta y treinta y cinco años, de aproximadamente un metro setenta y cinco de estatura, cuerpo mediano, cutis blanco, cabellos pelirrojos, rostro mediano, ojos celestes, cejas abundantes, nariz pequeña, boca mediana, orejas medianas, frente mediana, patillas anchas y hasta la altura del extremo de los lóbulos, dentadura aparentemente completa.


El cadáver se halla totalmente desnudo, estando su rostro cubierto con una tela al parecer de color blanca anudada a la cabeza, descubierta ésta se observa un tapón de tela al parecer blanca introducida en la cavidad bucal. Presenta signos de ataduras alrededor de la cintura, presumiblemente por un alambre al igual que en el brazo derecho, el que aparentemente se halla fracturado a la altura del codo.

Se observa que ha perdido gran parte del cabello, pre- sumiblemente por la acción del agua. Se constata que los sacos de testículos se hallan cortados burdamente, siendo éstos extraídos aparentemente. Presenta signos de violencia en el orificio anal.
En el resto del cuerpo no se observan en apariencia otros golpes.


No se constatan señas particulares y deformaciones. Se deja constancia que debido a la imposibilidad de extraer las huellas digitales por el estado de la epidermis, se procede a seccionar las falanges de los diez dedos de las manos, a efectos de ser remitidos a la División Técnica de Investigaciones de la Prefectura...” ( La Opinión San Pedro)


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