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05/05/2005
Interés general

Anticipo jubilatorio a docentes bonaerenses


Los docentes bonaerenses que iniciaron sus trámites jubilatorios antes del 31 de marzo de este año podrían recibir el anticipo financiero durante dos años para evitar que dejen de percibir ingresos ante la dilación del trámite correspondiente.



Así lo establece un proyecto de ley que el gobernador Felipe Solá envió a la Legislatura y que amplía de 12 a 24 meses el anticipo jubilatorio otorgado por el artículo 1º de la Ley 12.950.


Esa ley -aprobada por la Legislatura en 2002- establece que el personal docente que cese con servicio de afiliación el IPS y en cumplimiento de los recaudos necesarios para la obtención del beneficio jubilatorio tendrá derecho a seguir percibiendo el importe correspondiente al 60 por ciento de la remuneración mensual y hasta un máximo de doce meses, como adelanto jubilatorio. Luego el monto recibido anticipadamente será deducido cuando el IPS liquide la jubilación.
Ahora, el proyecto del ejecutivo sólo contempla la ampliación del anticipo jubilatorio para los trámites iniciados antes del 31 de marzo.


Para los docentes que hagan el trámite con posterioridad a esa fecha sigue vigente el plazo de 12 meses previsto en la citada ley 12.950, que en su momento fue sancionada en función de los casi 6.000 docentes que el gobierno provincial resolvió jubilar de oficio ya que a pesar de haber cumplido con los requisitos para acceder al beneficio siguieron trabajando.


El titular de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, Nicolás Dalesio, adelantó que impulsará el rápido tratamiento de esta iniciativa que, destacó, «denota la sensibilidad social» del Gobernador en cuanto a que «reconoce las falencias del sistema y presta soluciones inmediatas para evitar que los compañeros docentes que brindaron toda una vida a la educación de cientos de bonaerenses, no dejen de percibir sus ingresos hasta tanto se deduzca su beneficio jubilatorio».
Desde el Ejecutivo citaron las complicaciones que genera la acreditación de los servicios docentes computables para obtener la jubilación, fundamentalmente los desempeños como suplentes y provisionales, que deben ser rastreadas y certificadas, caso por caso.

Una tarea que «conlleva un dispendio de tiempo y esfuerzo que conspira contra la rapidez del trámite provisional en la sede educativa», justifican la medida.
El propio Solá, en el mensaje que envió al parlamento bonaerense, consignó la dificultad que representa «la magnitud del sistema educativo que bordea los 240 mil docentes y aumenta en forma ostensible los inconvenientes cualitativos y cuantitativos del diligenciamiento de los códigos jubilatorios».


Así también, reconoció que hay insuficiencia de personal en el área de jubilaciones de la Dirección General de Cultura y Educación que, sumado al congelamiento de cargos, «genera una desproporción entre número de agentes y tareas a diligenciar que, por más voluntarismo que se ponga, los excede».
Así, el gobernador Solá fundamentó su decisión de ampliar por un año más el anticipo jubila- torio en que «se trata de aplicar un elemental criterio social y no desproteger con carencia de ingreso a nuestro docentes».


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