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14/04/2005
Consumidores

Las prestadores de electricidad deberán resarcir por daños en electrodomésticos


Durante el mes de marzo, el OCEBA (Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires) emitió 30 resoluciones por las cuales las prestadoras del servicio energético de la Provincia EDEA, EDEN y EDES (Empresa Distribuidora de Energía de la zona Atlántica, Norte y Sur, respectivamente), y algunas cooperativas eléctricas del interior bonaerense, deberán resarcir a varios usuarios por perjuicios ocasionados a partir de deficiencias en el servicio.


Los reclamos, en su mayoría efectuados entre marzo y diciembre de 2004, fueron elevados a dichas centrales pero tras ser rechazados por las empresas, fueron trasladados al organismo de regulación provincial. La quema de artefactos causada por variaciones en los niveles de tensión eléctrica lidera la lista de daños.


De esta forma, el ente regulador -que en rigor debe actuar como tercero imparcial en casos en que intervengan usuarios residenciales- multa a las empresas prestadoras del servicio en favor de los consumidores, quienes deberán ser compensados en un plazo no mayor a los 30 días, según la irregularidad.


Las resoluciones emitidas, destinadas a particulares de distintos y variados puntos de la Provincia responden, en un 90 %, a la quema de artefactos eléctricos producida como consecuencia de bajas o altas de tensión en la energía. Según cita el Boletín Oficial, estas irrupciones, aunque duran segundos, generan un cortocircuito en el aparato inutilizándolo.


El sobrepago generado por alteraciones intencionales en la medición y apropiación de electricidad; el pedido de traza de obra para el suministro en viviendas ubicadas en parajes rurales tanto como la realización de una nueva instalación acorde a la geografía de la zona, fueron otras de las quejas recibidas por el ente y que resultaron en favor de los demandantes.


Es que de acuerdo a lo dictado por el marco regulatorio que rige desde 2004, el consumidor tiene derecho a «ser compensado por los daños causados por deficiencias en el servicio, imputables a quien realiza la prestación» al tiempo que debe ser debidamente informado acerca de la calidad del servicio. En tanto, si la empresa no reconoce su responsabilidad en la causa, el damnificado puede recurrir «en segunda instancia» al OCEBA para obtener un nuevo decisorio.


Tal fue la situación de Ernesto Bermejo, de la ciudad de Miramar, quien denunció a EDEA por los desperfectos ocasionados en un electrodoméstico en marzo del año pasado.


Ante ello, tras haber recibido una nota de parte de la empresa en la que se negaba cualquier reclamo, el demandante se dirigió a OCEBA con el presupuesto de reparación y la carta denegatoria y logró que la prestadora fuera multada debiendo reparar el daño realizado.


En un segundo fallo en perjuicio de la concesionaria de la ciudad de Bahía Blanca, EDES deberá dejar sin efecto una boleta de pago dirigida a Rosa Dukardt en la que se registró sobrefacturación por «presunta detección de alteraciones intencionales en la medición y apropiación de energía eléctrica».


En Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, por su parte, la delegación OCEBA de San Nicolás instó a la Cooperativa local a «analizar una nueva traza de la línea acorde a la geografía de la zona» dado que cables de luz habrián provocado la muerte de numerosos animales que pastaban en lugares que estaban atravesados por la instalación eléctrica.


Así, cada vez son más los residentes que se acercan al Organismo para hacer valer sus derechos de consumidor


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