03/08/2001

Económicas

Colón Doce da a conocer las ventas realizadas en un mes en la sucursal de 50 y 14. Los números gobiernan y se puede sacar conclusiones del “golpe económico” que significó para nuestra ciudad.

La incursión en nuestra ciudad de Frimin S.A, empresa propietaria de supermercados “Delta” significó un duro golpe económico para la ciudad.
Según los cálculos realizados por Colón Doce, la corporación capitalina “aspiró” del mercado colonense más de 3 millones y medio de pesos.
El sentido común y las variables económicas señalan que la consecuencia más nefasta fue el frenó que impuso a la velocidad circulatoria del monto de efectivo que se mueve diariamente en la ciudad. Las consecuencias fueron serias y se relacionan con la reducción de la actividad económica, no habiendo sector comercial que no fuera perjudicado.
Por otra parte, como desprendimiento de la primer consecuencia hubo comercios que se endeudaron a límites no retornables o cerraron sus puertas, disparando hacia arriba la pérdida de puestos de trabajos.
El agravante más significado, sería que presuntamente habría sido una maniobra prolijamente orquestada por los propietarios de Frimin S.A, para tener el final abrupto que finalmente aconteció. Esto nos lleva a pensar que precios que ofertaban al consumidor eran imposibles de igualar para el comerciante local. Ejemplo en carne vacuna, pan y otras mercaderías puntuales.

  • Las ventas
  • Según la información precisa que posee Colón Doce, las ventas del local de 50 y 14 se mantuvieron estables durante los 10 meses de actividad comercial.
    Para profundizar el estudio económico tomaremos como ejemplo el mes de junio de l999. En este sentido, Delta realizó los siguientes montos de ventas:
    El martes 1 de junio, en efectivo $ 16.888 y en tickets $ 1748. Las ventas siguieron de la siguiente forma: miércoles 2 de junio, $13.988 y $1674 en tickets; jueves 3 de junio, $13.797.41 y $1666 en tickets, viernes 4 de junio, $ 14.350.46 y $1385 en tickets; sábado 5 de junio, $ 19.866.38 y en tickets $ 1993; domingo 6 de junio, $7458,82 pesos y tickets $ 891; lunes 7 de junio, $ 13.581 y $ 1674 en tickets; martes 8 de junio, $ 11.859.41 en efectivo y $1536 en ticket; miércoles 9 de junio $ 12.982.54 y $ 1620 en tickets; jueves 10 de junio, $ 13.374. 13 y $ 1609 en tickets; viernes 11 de junio, $ 15.329. 49 y $ 1720 en tickets; sábado 12 de junio $ 18.341.14 y $ 1929 en tickets; domingo 13 de junio, $ 7569,27 y $ 767 en tickets; lunes 14 de junio, $ 10.634.70 y $1574 en tickets; martes 15 de junio, $ 12.941.69 y $ 1699 en tickets; miércoles 16 de junio, $ 12.962.93 y $ 1635 en tickets; jueves 17 de junio $ 13.079.85 y $ 1627 en tickets; viernes 18 de junio, $ 15.083.22 y $ 1693 en tickets; sábado 19 de junio, $ 20.493. 78 y $ 1996 en tickets; domingo 20 de junio, $ 7.189.78 y $ 907 en tickets; lunes 21 de junio, $ 11.200. 47 y $ 1493 en tickets; martes 22 de junio, $ 11.051.52 y $ 1587 en tickets; miércoles 23 de junio, $ 11.507 y $1520 en tickets; jueves 24 de junio $ 11.464.73 y $1540 en tickets; viernes 25 de junio, $ 13.814. 56 y $ 1684 en tickets; sábado 26 de junio, $ 17.263.68 y $ 1812 en tickets; domingo 27 de junio, $ 6161.52 y $ 85; lunes 28 de junio $ 10.193.05 y $ 1855 en tickets; martes 29 de junio, $ 10.765.35 y $ 1458 en tickets y miércoles 30 de junio, $ 12.957.49 y $ 1575 en tickets.

  • Conclusiones
  • El mayor volumen de ventas se producía los días sábados y el menor volumen de comercialización se realizaba los domingos. El horario pico de ventas se llevaba a cabo todos los días de 12 a 13 horas. El menor era la primer hora de apertura de 8.30 a 9.30.
    Los números mandan y podemos decir que por rubros estás ventas corresponderían a 45 almacenes de barrios, 11 carnicerías (venta media) y 6 panaderías (venta media).

  • La ley 12.573
  • La ley 12.573 (ley Germán López) fue aprobada en diputados el 5 de diciembre de 2000 y en senadores el 21 de diciembre de 2000.
    Promulgada en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2001. Colón Doce la publicó en su totalidad, cuando Patagonia S.A alquiló el local de 50 y 14 hace tres meses y en esta edición solo detallaremos dos puntos vitales que impiden la instalación de un nuevo supermercado en Colón.
    Articulo 2- Grandes Superficies; a todos los establecimientos de comercialización minorista o mayorista que realicen ventas minoristas, que ocupen una superficie de más de quinientos (500 m2) destinada a exposición y ventas, en municipios con una población de hasta 50 mil habitantes.....
    b) Cadenas de Distribución, a aquellos establecimientos de venta minoristas o cadenas mayoristas que realicen ventas minoristas y que constituyan o pertenezcan a un mismo grupo económico y/o que estén conformados por un conjunto de locales de venta, situados o no en un mismo recinto comercial....
    Artículo 4- Las Cadenas de Distribución, deberán regirse de acuerdo a la siguiente entre el número de locales y población total del municipio, sin perjuicio de los establecido en el artículo 2 inciso b de acuerdo a la siguiente relación:
    Un (1) local en poblaciones de hasta 150 mil habitantes, dos (2) locales en poblaciones de hasta 300 mil habitantes. Tres (3) locales en poblaciones de más de 300 mil habitantes.



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