226/07/2001

La papas queman

Los comerciantes y concejales se reunieron. El Intendente Mazzieri se habría encontrado con miembro de la Cámara de Comercio y le habría solicitado trabajar en una ordenanza complementaria. Sin embargo la ley provincial 12 573 alcanzaría para evitar otra sucursal

El viernes habría ingresado al Ejecutivo Municipal el pedido de habilitación del local de 50 y 14, para instalar un supermercado de capital sureño y que tiene sucursal céntrica en nuestra ciudad.
Tal como lo adelantáramos, la empresa dedicada al rubro alimenticio, realizó un estudio sobre las posibilidades de instalación de nuevas bocas de expendio y compró por un valor de 565 mil pesos los 5 locales de la firma Frimin S.A existentes en General Pico; General Villegas; Colón, Venado Tuerto y Firmat. En esta cifra se encontraría todas las maquinarias, muebles, útiles e instalaciones.

  • Investigación
  • En un primer momento la firma que adquirió estos derechos argumentó que lo hacia para instalar un depósito.
    Colón Doce investigó por fuentes seguras que remarcaron que la firma sureña había realizado un minucioso estudio de las normativas de estas cinco ciudades y en ellas no habría impedimento legal para la habilitación de las nuevas bocas de expendio. También habría desechado la compra de otras cinco sucursales de Frimin S.A, en otras tantas ciudades, por posibles conflictos reglamentarios.

  • En Colón
  • Por otro lado, la ley 12573 que tiene 30 artículos sería suficiente barrera para evitar la nueva sucursal en Colón, sobre todo en el párrafo puntual que señala que una empresa dedicada al rubro supermercadista en una ciudad bonaerense de menos de 50 mil habitantes, no puede instalar dos sucursales que sumen en conjunto más de 500 metros cuadrados de superficie.
    En este sentido comerciantes y concejales se reunieron y realizaron averiguaciones en La Plata sobre el alcance de la normativa provincial. Según sabemos los ediles enviarían nota al Ejecutivo Municipal para que ante el pedido de habilitación de una nueva sucursal de parte de Patagonia S.A, aplique la ley provincial 12 573.
    Cabe destacar que caída la habilitación de Frimin S.A en supermercado Delta, la nueva empresa (Patagonia S.A) se debe realizar nuevamente los trámites administrativos pertinentes para habilitar local a su nombre.

  • El pedido de comerciantes
  • Por otro lado habría algunas inquietudes en los comerciantes locales que realizaron un bosquejo a los cuales tuvo acceso Colón Doce y que sería entregado a los Concejales del Justi-cialismo y la Alianza y determinaría ser agregada a las ordenanzas locales:

    * No habilitar más de una sucursal de cada cadena de supermercados
    * Los propietarios necesitarían una antigüedad mínima de radicación de cinco años en la ciudad de Colón.
    * Ser propietario del predio o local donde se instale la boca de expendio.
    * Restricción de metros con estacionamiento de acuerdo a la ordenanza en vigencia, 450 metros integrados por exposición, ventas, dependencias administrativas, depósitos y exhibición, servicios anexos y espacios de estacionamiento. Si no se incluyen todas las dependencias los metros cuadrados máximos serían 400.
    * Que el lugar afectado a la carga y descarga de la mercadería sea independiente del espacio afectado a estacionamiento de los clientes.
    * Modificar el artículo 1º de la ordenanza 1882, ya que no serían nuevos establecimientos.
    * Horas de trabajo semanal, de lunes a sábado un máximo de 60 horas.
    * Hora tope de cierre 21 en invierno y 22 en verano.
    * Máximo para abrir un día feriado nacional o provincial o un domingo cada dos meses.

  • Habilitación Municipal
  • Por otro lado, la ley “Germán López” o 12573 es clara en otros puntos. Cabe destacar que fue aprobada en enero del 2001 y tiene plena vigencia. Dice que la habilitación municipal procederá cuando el peticionante reúna la factibilidad provincial y todos los requisitos que establezca el Honorable Concejo Deliberante.
    La Comuna deberá expedirse en un plazo no mayor de 90 días a partir de la fecha que se hubiesen reunido los requisitos. El trámite de habilitación deberá iniciarse ante el municipio y una vez cumplimentada la requisitoria municipal, el expediente será remitido a la Autoridad de Aplicación Provincial, la que procederá con la tramitación de factibilidad provincial.

  • Estudio
  • La autoridad de aplicación deberá solicitar una análisis de impacto socioambiental que realizará una Universidad Nacional radicada dentro del territorio provincial.
    El estudio contendrá la valoración de efectos sobre hábitos de consumo y necesidad de compra, incidencia en el tráfico, contribución o no del nivel de ocupación, estabilidad de los puestos de trabajos ofrecidos, equilibrio con los restantes centros comerciales.



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