11/08/2000
Judiciales: Liberan a Grimaldi.

L El miércoles por la tarde fue puesto en libertad Santos Grimaldi.La orden fue impartida por el juez de Garantías Dr. Aboud.
La medida fue cumplimentada mediante oficio remitido a la Comisaría de Colón donde se encontraba detenido el bancario.
Según trascendió un abogado colonense había pedido la excarcelación de Grimaldi al entender que en la causa que lleva el Nº 9658, no había elementos contundentes para que su defendido siguiera privado de libertad.
El magistrado tenía cinco días hábiles para determinar si correspondia o no el pedido realizado por el letrado Tomando la decisión el miércoles en horas del mediodia.

Para entender esta resolución debemos explicar sinteticamente lo ocurrido.
El abogado defensor pide la excarcelación. Para ejemplificar podemos decir que le señala al magistrado "yo saco a mi cliente de su privación de la libertad y otorgo una caución para garantizar que va a estar a disposición para cuando usted a su conveniencia lo requiera por la causa que se lleva adelante".
El juez -en este caso Aboud- evalua la situación y por los determinantes que existen puede dar la excarcelación.
El magistrado al conceder el pedido lo puede realizar bajo dos posibilidades. La primera es la caución juratoria.
El detenido jura que estará su disposición cuando la justicia por la causa que se lleva adelante lo requiera.
Este tipo de excarcelación se usa para los delitos leves.
La segunda opción que tiene el Juez es mediante caución real. Esto quiere decir que el detenido queda en libertad pero debe dejar bienes o dinero en garantia.
Se usa para delitos más grave como cuando son contra el Estado etc.
El abogado defensor en nombre de su defendido realiza un deposito o pone bienes de garantia según la suma que se estipuló.
Los trascendidos dicen que en el caso de Griamldi la caución real llegó a 2000 pesos.
Por otro lado la causa sigue adelante y se sigue investigando como se realizó el cobro de la pensión de I.P.S, cuya titular había fallecido seis meses antes.



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